Modernización del proceso penal mediante la Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal (LOECrim), una norma que sustituye la vigente desde 1882. Su objetivo es adaptar el sistema procesal penal al marco constitucional y a los estándares europeos, fortaleciendo las garantías de los ciudadanos y la eficiencia judicial. La nueva ley será la primera en atribuir la dirección de la investigación penal al Ministerio Fiscal, bajo la supervisión de un juez de garantías.
Investigación dirigida por el Ministerio Fiscal
La reforma introduce un modelo procesal tripartito. El fiscal asumirá la investigación de los delitos, garantizando su independencia y objetividad. Un juez de garantías controlará la legalidad de las medidas que afecten derechos fundamentales —como la detención o la prisión provisional— y un juez de la audiencia preliminar decidirá la apertura del juicio oral. Finalmente, un tercer juez será el encargado de juzgar los hechos, cumpliendo con el mandato constitucional de que los jueces se limiten a juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.
Nuevas garantías procesales
El texto pretende reforzar los derechos del investigado, consolidando los principios de presunción de inocencia y de suficiencia de prueba de cargo. En materia de medidas cautelares, la detención preventiva y la prisión provisional deberán revisarse de oficio cada seis meses.
Asimismo, se refuerza la protección de las víctimas, incorporando medidas del Estatuto de la Víctima, evitando la revictimización y promoviendo la justicia restaurativa. Las personas menores, con discapacidad o en situación de vulnerabilidad recibirán especial protección durante el proceso.
Herramientas tecnológicas y nuevas figuras procesales
La LOECrim regula el uso de tecnologías avanzadas en la investigación criminal, incluyendo análisis de ADN, evidencias digitales e inteligencia artificial.
Se crea la figura del juez de garantías, responsable de controlar la duración de la investigación y autorizar medidas que afecten derechos fundamentales. Además, se moderniza la acusación popular, delimitando quién puede ejercerla conforme al artículo 125 de la Constitución y a la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Modificación de la Fiscalía
La ley modifica el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, reforzando su autonomía frente al Ejecutivo. El Fiscal General del Estado tendrá un mandato de cinco años, no coincidente con el del Gobierno, y solo podrá cesar por incumplimiento grave, previo informe del Consejo General del Poder Judicial.
Se establece un sistema objetivo y público de asignación de fiscales investigadores, basado en la especialización y transparencia.
Entrada en vigor y régimen transitorio
La nueva Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal entrará en vigor el 1 de enero de 2028. No afectará a procedimientos iniciados antes de esa fecha, que continuarán bajo la legislación actual. Con esta norma, el sistema procesal penal español pretende alinearse con el modelo europeo y sustituye definitivamente una ley con más de siglo y medio de vigencia.
Fuente: Consejo de Ministros.

