Durante el año 2024, la Justicia española cerró 35 procesos por corrupción e imputó a 146 personas físicas y jurídicas. Más de la mitad de las sentencias dictadas fueron condenatorias.
Los jueces cerraron 35 procesos por corrupción en 2024
A lo largo de 2024, los órganos judiciales españoles finalizaron 35 procesos, según el repositorio del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). En el marco de estos procedimientos, se dictaron autos de procesamiento o de apertura de juicio oral contra 108 personas físicas y 38 jurídicas.
Estos datos reflejan el trabajo judicial en causas en las que se investigan delitos de corrupción pública, es decir, aquellos cometidos por funcionarios, políticos o cargos públicos en el ejercicio de sus funciones y que afectan a fondos públicos.
Del total, 8 procesos por corrupción se cerraron en el último trimestre del año. En ese mismo periodo, 23 personas fueron procesadas.
Más de la mitad de las sentencias fueron condenatorias
Entre enero y diciembre de 2024, los juzgados y tribunales dictaron 51 sentencias en procesos por corrupción. De ellas, 30 fueron total o parcialmente condenatorias, lo que representa el 58,82 % del total. Las 21 sentencias restantes (41,18 %) fueron absolutorias.
Las condenas incluyen resoluciones con y sin conformidad, así como aquellas que solo afectaron a parte de los acusados o de los delitos imputados.
En el último trimestre del año se dictaron 12 sentencias en procesos por corrupción, de las cuales 9 fueron condenatorias.
Qué delitos se investigan en los procesos por corrupción
Los procesos por corrupción reflejados en el repositorio del CGPJ abarcan delitos tipificados en el Código Penal. Se trata principalmente de:
- Prevaricación urbanística (art. 320)
- Prevaricación de funcionarios públicos (arts. 404 a 408)
- Violación de secretos e infidelidad en la custodia de documentos (arts. 413 a 418)
- Cohecho (arts. 419 a 422)
- Tráfico de influencias (arts. 428 a 430)
- Malversación de caudales públicos (arts. 432 a 435)
- Fraude y exacciones ilegales (arts. 436 a 438 bis)
- Negociaciones prohibidas a funcionarios y abuso de función (arts. 439 a 445)
- Corrupción en los negocios (art. 286 ter)