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Ausencia de control judicial sobre devolución de ayudas fiscales | Constitucional

El Tribunal Constitucional declara vulnerado el derecho a la tutela judicial por ausencia de control judicial en la devolución de ayudas fiscales

Publicado: 27 de octubre de 2025

La Sala Segunda estima el recurso de amparo por ausencia de control judicial

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha estimado por unanimidad el recurso de amparo presentado por Tubos Reunidos S.A. Considera que existió una ausencia de control judicial efectivo sobre la decisión administrativa. Esta decisión le obligaba a devolver más de 30 millones de euros en ayudas fiscales.

La empresa denunció que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco se negó a valorar si en su caso se daba el llamado “efecto incentivador”. Esto, en la pr&aacute;ctica, convirti&oacute; la decisi&oacute;n administrativa en irrecurrible. Así, vulnera su derecho a la tutela judicial efectiva.

Devolución forzosa sin control judicial sobre las ayudas fiscales

Entre 1994 y 1998, Tubos Reunidos S.A. se benefició de un régimen fiscal aprobado por la Diputación Foral de Álava. Este consistía en un crédito del 45 % de las inversiones en el Impuesto de Sociedades. Posteriormente, este régimen fue declarado incompatible con el mercado interior por la Comisión Europea.

Inicialmente, la propia Diputación consideró que no era procedente exigir la devolución, al entender que concurría el efecto incentivador. Es decir, la empresa solo llevó a cabo la inversión gracias al incentivo fiscal. Este criterio cambió cuando, tras una demanda de la Comisión Europea, la Diputación ordenó la devolución íntegra de las ayudas.

El TSJ vasco se desentiende por completo: ausencia de control judicial

La mercantil recurrió esta última resolución ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Solicitó que se valorara si en su caso concreto existía el efecto incentivador. Sin embargo, el tribunal se negó a pronunciarse, alegando que esa competencia recaía exclusivamente en la Comisión Europea. Esta última ya había negado tal efecto en una comunicación informal por correo electrónico.

Esta decisión supuso, en la práctica, una ausencia total de control judicial sobre el acto administrativo. Esto dejó a la empresa sin posibilidad de defensa ante un requerimiento de enorme impacto económico.

El Tribunal Constitucional reprende al TSJ por no ejercer su función

La sentencia del Tribunal Constitucional, redactada por la magistrada María Luisa Balaguer, concluye que el TSJ del País Vasco incurrió en una grave omisión de su deber jurisdiccional.

En palabras del Alto Tribunal, la ausencia de control judicial sobre el fondo del asunto contraviene el diseño del procedimiento europeo de recuperación de ayudas. Así, vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.

Además, se advierte que el tribunal autonómico incumplió el deber de colaboración leal entre Estados miembros e instituciones europeas. Lo hizo al rechazar sin base legal su competencia para revisar un acto administrativo nacional.

Conclusión | El amparo corrige la ausencia de control judicial en ayudas de Estado

Este fallo del Tribunal Constitucional sienta un precedente relevante. Recuerda que los tribunales nacionales no pueden inhibirse de controlar actos administrativos. Esto se aplica incluso cuando están vinculados a decisiones europeas.

La ausencia de control judicial en este tipo de casos deja indefensos a los particulares y empresas frente a decisiones administrativas con gran impacto económico. Por ello, la sentencia reafirma el papel esencial de los jueces nacionales en la protección de los derechos fundamentales. Esto también se aplica en el marco del Derecho de la Unión Europea.

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