Convenio con la CV en materia de LGTBIfobia.- BOE de 21 de Octubre de 2024
El Ministerio de Igualdad suscribe un convenio con la Comunitat Valenciana, para la prestación del servicio telefónico de información y atención integral en materia de LGTBIfobia.
El Consejo de Ministros, se comprometió a la creación de un servicio de atención gratuita específicamente destinado a atender a las víctimas de delitos de odio o de discriminación por LGTBIfobia.
De acuerdo con las competencias que tiene atribuidas, le corresponde al Ministerio de Igualdad, para la erradicación de la Violencia contra las Mujeres, la prestación del Servicio 028 Arcoíris, de información y atención integral en materia de LGTBIfobia. Esto se hace a través del número telefónico de marcación abreviada 028 y del correo electrónico.
El Servicio 028 Arcoíris es de ámbito estatal, estructura centralizada, gratuito, confidencial y ofrece atención ininterrumpida: está en funcionamiento las veinticuatro horas del día, los 365 días del año.
Competencia de la Comunidad Valenciana
La Comunitat Valenciana es competente en promover la igualdad y eliminar la discriminación, incluida la basada en orientación sexual, identidad de género y características sexuales.
Esta competencia ha sido desarrollada por la Ley 23/2018, de 29 de noviembre, de la Generalitat, de igualdad de las personas LGTBIfobia. En su artículo 13 se reconoce a las personas LGTBI el derecho a un servicio público de información, orientación y asesoramiento integral.
Por ello, procede suscribir un convenio entre el Ministerio de Igualdad y la Comunitat Valenciana, para derivar llamadas de atención e información sobre LGTBIfobia.
Objeto del convenio en materia de LGTBIfobia
El presente Convenio tipo tiene por objeto la colaboración entre la Administración General del Estado, del Ministerio de Igualdad, y la CV para la prestación del Servicio telefónico de información y atención integral en materia de LGTBIfobia.
Vigencia del Convenio
Este convenio tendrá vigencia cuatrienal.
No obstante, las partes firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por periodos anuales por mutuo acuerdo expreso de ambas partes. Pero deben de hacerlo antes de la fecha en que finalice su vigencia, por un período máximo de cuatro años.