La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo desestima el recurso de casación presentado por una mujer que buscaba obtener la custodia completa de su hijo menor de edad. Este fallo respalda la postura del padre, quien había sido previamente acusado de malos tratos por su expareja.
Antecedentes y origen del caso de custodia completa
El caso se inicia con una demanda presentada en 2018 por el padre del menor, quien busca modificar la custodia exclusiva otorgada a la madre. Propone un régimen de custodia compartida debido al cambio de circunstancias, ya que menor, que tenía once meses en 2010, tenía ocho años al momento de la demanda.
El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Ciudad Real denegó la custodia compartida y otorgó la custodia total del menor a la madre. Posteriormente, en 2019, el Juzgado de lo Penal nº 2 de Ciudad Real condenó al padre por malos tratos hacia su expareja. Estos malos tratos ocurrieron durante la celebración de la comunión del hijo, donde el padre escupió e insultó a la madre.
Custodia compartida apropiada frente a la completa de la madre
A pesar de esta condena, la Audiencia Provincial de Ciudad Real decidió más tarde que la custodia compartida era apropiada. El tribunal no encontró evidencia de violencia o conducta inapropiada del padre hacia el hijo. La Audiencia estimó procedente la custodia compartida, basándose en la capacidad del padre para cuidar al menor, la ausencia de violencia hacia este y la ya existente implicación significativa del padre en la vida del menor.
La madre, en desacuerdo con esta decisión, presentó un recurso de casación al Tribunal Supremo. Argumentando que la condena por violencia de género del padre y la mala relación entre los progenitores hacían inviable la custodia compartida.
Sentencia del Tribunal Supremo
La madre del menor recurrió al Tribunal Supremo. La recurrente indicaba que la condena por violencia de género y la mala relación entre los progenitores hacían inviable la custodia compartida.
El Supremo desestimó el recurso. Consideró que el régimen de custodia compartida es en interés superior del menor frente al de completa. Y requiere evidencia de que los conflictos entre los padres afecten negativamente a los hijos para desestimarlo. En este caso, no se evidenciaron tales afectaciones. Además, la condena por violencia de género no impedía la custodia compartida, ya que las penas fueron cumplidas y no hubo episodios ulteriores de violencia.
Fallo del tribunal
Se desestimó el recurso de casación de Sandra, manteniendo la custodia compartida establecida por la Audiencia Provincial. Además, se impusieron las costas del recurso a la parte recurrente y se decretó la pérdida del depósito constituido para recurrir.