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Defensa propia | Prisión por delito de homicidio en defensa propia

El Audiencia Provincial de Valencia condena a prisión a un hombre por la comisión de un delito de homicidio en defensa propia

Publicado: 28 de marzo de 2024

Homicidio en defensa propia

La Audiencia Provincial de Valencia ha dictado una sentencia condenatoria de dos años y siete meses de prisión contra un hombre por el delito de homicidio en defensa propia, con el agravante de lesiones. El incidente, ocurrido en junio de 2021, involucró al condenado defendiéndose de un ataque donde la víctima había intentado incendiar la caseta en la que este dormía, en Torrella, utilizando una lanza artesanal para protegerse. Además, se le ha ordenado al condenado pagar una indemnización considerable a los padres de la víctima por los daños morales causados.

Intento de homicidio y omisión del deber de socorro

Paralelamente, un jurado popular ha absuelto a otro individuo implicado, quien estaba acusado de intento de homicidio y omisión del deber de socorro. Determinando que no tenía conocimiento de la presencia del condenado en la caseta al momento del incendio.

La víctima y el acusado intentaron quemar la caseta habitada por el condenado

El conflicto se originó en la madrugada del 26 de junio, la víctima y el acusado absuelto intentaron quemar la caseta habitada por el condenado. Rociaron la caseta con gasolina. En un intento de repeler el ataque, el condenado empleó una lanza que él mismo había fabricado para alejar un bidón de gasolina a través de la ventana. Sin darse cuenta de que con ella hirió mortalmente a uno de los atacantes. La situación de emergencia y la baja visibilidad contribuyeron a que el condenado no se percatara de la gravedad de sus acciones. Las cuales resultaron en la muerte de la víctima debido a una hemorragia por la herida recibida.

Reacción excesiva y delito de homicidio en defensa propia

El jurado determinó que el acto del condenado fue una reacción excesiva ante el miedo y la necesidad de autoprotección. Considerando que actuó bajo un estado de pánico causado por el incendio intencionado. Esta percepción del peligro inminente y la desproporción de su respuesta fueron claves para entender el contexto de su defensa, aunque finalmente se le encontró culpable de actuar de manera imprudente.

En contraparte, la absolución del segundo acusado se basó en la falta de conocimiento sobre la presencia del ahora condenado dentro de la caseta en el momento del incendio. Así como la rapidez con la que sucedió la muerte del atacante, descartando así la posibilidad de prestar auxilio.

La sentencia puede ser objeto de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencia. La sentencia resalta el delicado balance entre el derecho a la defensa propia y las consecuencias legales de una reacción defensiva considerada excesiva. La decisión de la Audiencia de Valencia enfatiza la importancia de la proporcionalidad y la prudencia en la autodefensa.

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