El TSJPV declara nulo el despido colectivo de 61 trabajadores de Smart Delivery Routes S.L.
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha declarado nulo el despido colectivo de 61 trabajadores de la empresa de paquetería Smart Delivery Routes S.L. (SDR), que prestaba servicios para Amazon Road Transport Spain. El tribunal ha ordenado que Amazon y Delcom Delivery S.L. readmitan de manera solidaria a los trabajadores despedidos en las mismas condiciones que tenían antes del despido.
La Sala de lo Social respondió a la demanda presentada por el sindicato ELA, concluyendo que la decisión de SDR de despedir colectivamente a sus trabajadores era nula. El tribunal ordenó que Amazon y Delcom Delivery S.L. readmitieran a estos trabajadores bajo las mismas condiciones laborales que tenían antes de su despido. Además, se estableció que los trabajadores deberían recibir los salarios no percibidos desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia. Y con la condición de que devolvieran las indemnizaciones previamente recibidas
«Cesión ilegal de trabajadores»
El TSJPV identificó una «cesión ilegal de trabajadores» entre SDR y Amazon Road Transport Spain, condenando a ambas empresas a pagar 5.000 euros a ELA por vulneración de derechos sindicales. La sentencia considera imprecisa e injustificada la causa organizativa para el despido colectivo. Señalan que SDR tenía trabajo y pedidos, y determina que Amazon ejercía facultades directas sobre los trabajadores de SDR, actuando como su verdadero empresario.
Asimismo, también destacó la falta de entrega de documentación esencial durante el periodo de consultas. Este es un requisito estipulado en el artículo 37 del Convenio Colectivo de Transportes de Mercancías por Carretera de Gipuzkoa. Esta omisión, junto con la falta de fundamentación adecuada para los despidos, contribuyó a la declaración de nulidad del despido colectivo. El tribunal observa una sucesión empresarial de Delcom Delivery S.L. respecto a SDR, por lo que ambas empresas deben readmitir a los trabajadores.
La sentencia del TSJPV no es firme y se puede recurrir ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.