<

El Supremo anula una cláusula de extinción de contrato sin indemnización para teleoperadores

Nulidad de la cláusula extintiva del contrato de teleoperadores por no alcanzar el 75% de la media de producción mensual.

Publicado: 4 de octubre de 2024

El TS establece la nulidad de una cláusula extintiva para teleoperadores por no alcanzar el 75% de la media de producción mensual.

La Sala Social del Tribunal Supremo ha ratificado la nulidad de una cláusula extintiva incluida en varios contratos de teleoperadores. Dicha cláusula permitía a la empresa finalizar el contrato sin indemnización si el trabajador no alcanzaba el 75% de la producción mensual media del servicio. El Tribunal ha considerado esta cláusula abusiva por no contemplar las circunstancias subjetivas del empleado, además de eludir las garantías procesales del despido reguladas en el artículo 54.2.e del Estatuto de los Trabajadores.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la empresa contra la sentencia de la Audiencia Nacional de octubre de 2022. La sentencia ya había declarado la nulidad de la cláusula por abusiva. La empresa impuso una condición resolutoria unilateral, la cual no permite una negociación justa ni evalúa correctamente el rendimiento de cada empleado, apartándose de lo estipulado en el artículo 49.1.b del ET.

La cláusula en cuestión especificaba que, en caso de que un trabajador no alcanzara el 75% de la media de producción durante tres meses consecutivos o cuatro meses alternos en un periodo de seis meses, la empresa podía rescindir el contrato sin obligación de compensación económica. 

Confirmación de la nulidad por abuso

Para el Tribunal Supremo, esta disposición vulnera las garantías que deben proteger a los trabajadores en caso de despido. La empresa no puede dar por terminada una relación laboral por bajo rendimiento sin valorar las circunstancias individuales del trabajador, como establece el despido disciplinario. Además, el tribunal señaló que esta cláusula impuesta a todos los contratos no había sido negociada libremente con los empleados ni respetaba el convenio colectivo del sector del contact center. En dicho convenio se regula la disminución continuada y voluntaria del rendimiento como una falta grave, pero no contempla la resolución automática del contrato sin indemnización.

Por todo ello, el Supremo considera que la cláusula pretendía eludir las exigencias del despido disciplinario. Para poder aplicarlo, se requiere una justificación clara de la falta grave del trabajador. La sentencia confirma que la empresa debe demostrar que la disminución del rendimiento justifica la rescisión del contrato, cosa que no ocurrió en este caso.

 

Fuente: CGPJ.

Últimas entradas publicadas

presunción de inocencia

El Supremo avala condena sin vulnerar la presunción de inocencia

by | Ago 28, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo ratifica la validez de la condena, al entender que se respetaron las garantías del proceso y no se vulneró el derecho a la presunción de inocencia.

póliza de crédito tras el concurso del deudor

La responsabilidad del fiador en una póliza de crédito tras el concurso del deudor

by | Ago 28, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo confirma la plena validez de la cláusula de afianzamiento incluida en la póliza de crédito, incluso tras la apertura del concurso de acreedores.

Condena firme por quebrantamiento de medida cautelar

Condena firme por quebrantamiento de medida cautelar

by | Ago 28, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El tribunal considera que la prueba practicada durante el juicio es suficiente y válida para destruir la presunción de inocencia, y que no concurren causas de inimputabilidad ni circunstancias atenuantes

unidad de convivencia

Custodia compartida y unidad de convivencia en el IMV

by | Ago 27, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La sentencia anula el fallo del TSJ de Andalucía y confirma la validez de la decisión administrativa del INSS. Así, el Tribunal Supremo consolida una interpretación restrictiva de la unidad de convivencia

Nocturnidad y festivos dentro de la jornada ordinaria

Nocturnidad y festivos dentro de la jornada ordinaria

by | Ago 27, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Alto Tribunal aclara que esta interpretación no crea un nuevo concepto retributivo. Al contrario, se trata de reconocer el carácter regular de estas retribuciones cuando están integradas en la jornada ordinaria.

Restricción de la competencia

El TS confirma restricción de la competencia en el sector ferroviario

by | Ago 27, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

En cuanto a la segunda sanción, el Tribunal Supremo concluye que la ANl no analizó adecuadamente las alegaciones de las empresas sobre la inexistencia de independencia significativa de comportamiento