<

El Supremo niega la relación laboral de intérpretes judiciales

El Tribunal Supremo centró su análisis en determinar si existía contradicción entre la sentencia recurrida y la resolución aportada como sentencia de contraste. Sin embargo, constató que el caso objeto del recurso presentaba diferencias sustanciales

Publicado: 3 de abril de 2025

El Tribunal Supremo ha confirmado la inexistencia de relación laboral entre varios traductores e intérpretes que prestaban servicios para juzgados y dependencias policiales mediante una empresa adjudicataria contratada por la Administración. La decisión se produce al resolver un recurso de casación para la unificación de doctrina en un procedimiento de oficio promovido por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Prestación de servicios sin vínculo laboral

Según los hechos acreditados, los profesionales implicados actuaban como trabajadores autónomos. No existía una obligación de aceptar los encargos que se les proponían, ni se les imponían sanciones si los rechazaban. Utilizaban medios propios para llevar a cabo sus funciones y facturaban por cada intervención de forma individual. Tampoco estaban sometidos a un horario, ni recibían instrucciones concretas o supervisión directa por parte de la empresa adjudicataria.

Estas características se alejan del concepto de relación laboral definido en el artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores, que exige la concurrencia de notas de ajenidad y dependencia para que exista un contrato de trabajo.

El intento de la Seguridad Social por declarar la relación laboral

El procedimiento se inició a instancia de la TGSS, pretendía que se declarara la existencia de vínculo laboral entre los traductores/intérpretes y la empresa contratista. No obstante, su pretensión fue rechazada tanto por el Juzgado de lo Social como por el Tribunal Superior de Justicia competente. Lo que motivó la interposición de un recurso de casación unificadora ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

Falta de contradicción con la sentencia de contraste

El Tribunal Supremo centró su análisis en determinar si existía contradicción entre la sentencia recurrida y la resolución aportada como sentencia de contraste. Sin embargo, constató que el caso objeto del recurso presentaba diferencias sustanciales. En particular, se destacó la libertad de aceptar o rechazar encargos sin penalización, la retribución variable en función de las horas efectivamente trabajadas y la inexistencia de una obligación de asistencia continuada.

Estas circunstancias impidieron apreciar una identidad sustancial entre ambos supuestos, lo que, conforme a la doctrina jurisprudencial, impedía unificar criterios.

Relación laboral | La relación de los intérpretes con la empresa adjudicataria no era laboral

Como consecuencia de lo anterior, el Tribunal Supremo desestimó el recurso de casación y confirmó la calificación de la relación como de naturaleza no laboral. La sentencia consolida el criterio de que, en situaciones como la analizada, en las que concurren autonomía, flexibilidad y ausencia de control empresarial directo, no puede hablarse de relación laboral.

Últimas entradas publicadas

teletrabajo

El Supremo valida que se demande desde el domicilio del teletrabajador

by | Jun 10, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Sentencia del Supremo sobre la competencia territorial en caso de teletrabajo desde el domicilio del trabajador.

Orden TDF/149/2025

Entra en vigor la Orden TDF/149/2025 contra suplantaciones en llamadas y mensajes

by | Jun 10, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

A partir del día 7 de junio entra en vigor la Orden TDF/149/2025, contra suplantaciones en llamadas y mensajes de texto.

competencia desleal

Descartada competencia desleal en la venta online de Lotería

by | Jun 10, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Sala de lo Civil concluye que la actuación de la sociedad estatal no constituye competencia desleal ni contraviene las normas de buena fe del mercado. La demanda queda desestimada en su totalidad

despido disciplinario

El Supremo anula sentencia de despido disciplinario por falta de hechos probados suficientes

by | Jun 9, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Tribunal Supremo | Establece la nulidad de la sentencia de despido disciplinario, por insuficiencia de hechos probados.

Principio de congruencia

Principio de congruencia | Reconocer la incapacidad parcial no solicitada inicialmente

by | Jun 9, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El principio de congruencia permite a los tribunales conceder una incapacidad permanente parcial aunque esta no se haya solicitado en la demanda inicial, si se plantea de forma subsidiaria y no se altera el objeto del proceso

ruido ambiental

Vulneración de derechos fundamentales por ruido ambiental

by | Jun 9, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La inacción del Ayuntamiento frente al ruido ambiental provoca la condena del Tribunal en Murcia por vulneración de derechos.