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El Supremo y la fenomenología de los delitos sexuales

El recurso de casación ha sido rechazado en su totalidad, quedando firme la condena de doce años de prisión, junto con las medidas accesorias

Publicado: 10 de julio de 2025

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta por delito continuado de abuso sexual a menor de edad. Desestimando el recurso de casación interpuesto por el condenado. La sentencia mantiene una pena de doce años de prisión, así como medidas de alejamiento, libertad vigilada y una indemnización por daños morales. La decisión subraya la aplicación de la fenomenología de los delitos sexuales como base argumentativa clave para validar la prueba testifical de la víctima. Pese al tiempo transcurrido entre los hechos y su revelación.

La fenomenología de los delitos sexuales como clave para valorar el testimonio

El Tribunal otorga plena validez al testimonio de la menor, destacando su coherencia, verosimilitud y persistencia en la incriminación. Pese al retraso en la revelación de los hechos, la Sala considera que dicho retraso es comprensible a la luz de la fenomenología de los delitos sexuales cometidos contra menores, disciplina que estudia los factores que inciden en la conducta de la víctima antes, durante y después del abuso.

Factores psicológicos y sociales que dificultan la denuncia

La sentencia reconoce que la fenomenología de los delitos sexuales identifica barreras intrapersonales, socioculturales e interpersonales que dificultan la denuncia temprana. Entre ellas, la jurisprudencia subraya:

  • La vergüenza o el miedo al agresor.
  • La culpa interiorizada por la víctima.
  • La falta de comprensión del carácter abusivo de los actos, especialmente cuando estos se producen en el entorno familiar o de confianza.

Estas circunstancias han sido corroboradas por informes psicológicos que reflejan sintomatología compatible con estrés postraumático, derivado del abuso.

Valoración conjunta de la prueba: enfoque desde la fenomenología de los delitos sexuales

El Tribunal confirma que los órganos judiciales de instancia y apelación valoraron correctamente el conjunto probatorio, conforme a la fenomenología de los delitos sexuales. Esta perspectiva permite comprender cómo el trauma puede afectar tanto al relato como a los tiempos de denuncia. La Sala valora:

  • El testimonio sostenido de la menor.
  • Las declaraciones de familiares y personas del entorno.
  • Los informes psicológicos, que no detectan fabulación ni patología que afecten su credibilidad.

Presunción de inocencia y rechazo de la ley penal más favorable

El Tribunal Supremo descarta vulneración del derecho a la presunción de inocencia, afirmando que la sentencia está debidamente motivada y ajustada a derecho. También rechaza aplicar una ley penal posterior más favorable, al comprobar que la pena impuesta se encuentra dentro de los márgenes legales vigentes tanto en la legislación anterior como en la actual.

Fallo del Supremo: condena firme con fundamento en la fenomenología de los delitos sexuales

El recurso de casación ha sido rechazado en su totalidad, quedando firme la condena de doce años de prisión, junto con las medidas accesorias. La fenomenología de los delitos sexuales ha sido decisiva para entender la dinámica del abuso, valorar la prueba y descartar cualquier sospecha sobre la credibilidad de la víctima.

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