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El TGUE anula la decisión de la Comisión Europea por la que condenaba a Google a pagar una multa de 1.500 millones de euros por abusos de posición dominante

Google queda exonerado del pago de la multa de 1.500 millones de euros por haber cometido prácticas abusivas.

Publicado: 21 de octubre de 2024

Se revoca la decisión de la Comisión Europea que imponía a Google una multa de 1.500 millones de euros por prácticas abusivas de posición dominante. TOL10.182.782

El Tribunal General anula la decisión de la Comisión Europea que impuso a Google una multa por haber incurrido en prácticas abusivas de posición dominante, en el mercado de la intermediación publicitaria asociada a las búsquedas en línea. El Tribunal precisa las circunstancias que deben tomarse en cuenta al evaluar el efecto de exclusión de las cláusulas contractuales

Sector de tecnologías de la información y comunicación

Google es una compañía del sector de tecnologías de la información y comunicación, especializada en productos y servicios relacionados con Internet. Es particularmente reconocida por su motor de búsqueda general, que permite a los usuarios obtener resultados organizados en páginas mostradas en sus pantallas.

Desde 2003, Google también opera una plataforma de intermediación publicitaria llamada AdSense, a través de la cual ofrece un servicio conocido como AdSense for Search.

Para acceder a AFS, los editores podían convertirse en «socios en línea» de Google mediante la firma de un contrato estándar no negociable, denominado «contrato en línea», o bien como «socios directos», suscribiendo un «acuerdo de servicios de Google» («ASG»), que se negociaba de manera individual. Estos acuerdos incluían una serie de cláusulas, como la «cláusula de exclusividad», la «cláusula de colocación» y la «cláusula de autorización previa».

Decisión de la Comisión Europea en 2019

La Comisión Europea, en su decisión del 20 de marzo de 2019, impuso una sanción de 1.500 millones de euros por considerar que Google había cometido tres abusos de posición dominante derivados, respectivamente, de la cláusula de exclusividad, la cláusula de colocación y la cláusula de autorización previa, contenida en los ASG, constituyendo una infracción única y continua el artículo 102 TFUE.

Decisión del Tribunal General de la Unión Europea

Aunque el Tribunal General desestima en gran parte los argumentos de defensa de Google, ha identificado errores en la evaluación realizada por la Comisión. Esta no consideró adecuadamente las condiciones para la rescisión unilateral de los acuerdos, lo que influye en la conclusión sobre el posible efecto de exclusión.

Además, el Tribunal detecta fallos en la valoración de las cláusulas de colocación y autorización previa, lo que le lleva a concluir que la Comisión no logró demostrar de manera suficiente que dichas cláusulas tuvieran la capacidad de generar el efecto de exclusión señalado, anulando así la decisión de la Comisión por completo.

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