<

El Tribunal General declara legal la decisión por la que se deniega a IMG el reconocimiento de estatuto de organización internacional

El Tribunal considera que en el momento de creación de IMG no había intención de constituir una organización internacional. 

Publicado: 5 de septiembre de 2024

El Tribunal considera que en el momento de creación de la entidad no había intención de constituir una organización internacional. 

Se resuelven los asuntos T-381/15 RENV II y T-509/21, sobre la negativa al reconocimiento de estatuto de organización internacional a IMG. La entidad International Management Group (IMG) es una infraestructura creada en 1994, con el fin de que los Estados y las organizaciones internacionales participantes en la reconstrucción de Bosnia y Herzegovina pudieran disponer de una entidad dedicada a tal fin. Desde entonces, ha ido ampliando progresivamente sus actividades de desarrollo.

En 2013, la Comisión encomendó a la entidad gestionar fondos de cooperación al desarrollo, bajo la modalidad «gestión conjunta» (o gestión indirecta ahora). Esta modalidad permite que las organizaciones puedan utilizar fondos provenientes del presupuesto de la Unión Europea. Un año más tarde, la Comisión suspendió dicha facultad a la entidad, al dudar acerca de su condición de organización internacional. Por ello, en 2015 le comunicó su intención de no continuar con la gestión de fondos hasta que no se aclarara su condición.

Tras los hechos, IMG recurrió la decisión de la Comisión ante el Tribunal General y ante el Tribunal de Justicia. Se iniciaron varios procedimientos, entre ellos, el TJUE determinó la anulación de estas decisiones. No obstante, en 2021, la Comisión volvió a denegar (con efecto retroactivo) el reconocimiento del estatuto de organización internacional. 

Finalmente, IMG recurre esta decisión ante el Tribunal General, a fin de que se reconozca el estatuto y se proceda a la reparación de los daños materiales derivados de la resolución.

La decisión de la Comisión es correcta

El Tribunal General considera que la decisión de la Comisión es correcta. No procede el reconocimiento del estatuto de organización internacional, con efectos retroactivos desde 2014. 

Por una parte, la resolución que dio lugar a la creación de IMG es un acuerdo internacional. No obstante, los signatarios de dicho acto no pretendían constituir una organización internacional, sino un mecanismo facultativo y temporal de financiación conjunta. La práctica posterior de forma conjunta entre Estados signatarios y Estados miembros no acredita el reconocimiento del estatuto de organización internacional.

Sobre las pretensiones indemnizatorias

El Tribunal declara que, a pesar de que se anulara la decisión de la Comisión de 8 de mayo de 2015, no se impone ninguna obligación de reconocer el estatuto. Dicha decisión produjo un perjuicio económico por la pérdida de oportunidad de obtener la adjudicación de un convenio de delegación en régimen de gestión indirecta.

Además, la validez de la conclusión que se alcanza en el asunto T-509/21 sobre la legalidad de la decisión retroactiva de 2021, declara que IMG no ostentaba el estatuto de organización internacional previsto en la normativa financiera de la Unión entre 2015 y 2021.  Por ello, no podía disponer de presupuesto de la Unión Europea  en régimen de gestión indirecta.

Finalmente, se desestiman todas las pretensiones de IMG.

Fuente: CURIA

Últimas entradas publicadas

obligaciones de información

Obligaciones de información en los swaps de tipos de interés

by | Ene 8, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo analiza las obligaciones de información en los swaps de tipos de interés y su impacto en la indemnización del daño

tiktok

Recomendaciones para usuarios ante las transferencias internacionales de datos de TikTok

by | Ene 8, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

La AEPD realiza recomendaciones para los usuarios ante las transferencias de datos internacionales a través de TikTok.

Comportamiento delictivo

Comportamiento delictivo justifica la expulsión de un extranjero

by | Ene 8, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

La reiteración del comportamiento delictivo motivó la expulsión de un extranjero con residencia legal, según una sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia

Ley de Vivienda

Andalucía aprueba una nueva Ley de Vivienda

by | Ene 8, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El BOE de hoy, 8 de enero, publica la nueva Ley de Vivienda de Andalucía.Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía.

Falta de claridad

La falta de claridad en los hechos probados como límite de la sentencia condenatoria

by | Ene 7, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

La falta de claridad en los hechos probados actúa como límite constitucional y procesal de la sentencia condenatoria en el proceso penal

financiación de la formación

El Gobierno actualiza la financiación de la formación para el empleo

by | Ene 7, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El BOE ha publicado la nueva Orden TES/1582/2025, de 30 de diciembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo.