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El TSJ de Asturias concede compensación por gasto de vestuario a un policía nacional

El TSJ de Asturias compensa los gastos de vestuario de un agente de la policía nacional vestido de paisano durante cuatro años.

Publicado: 4 de octubre de 2024

El Tribunal deberá compensar al policía nacional por los gastos de vestuario ocasionados durante 4 años. STSJ de Asturias, resolución nº 661/2024.

El TSJ reconoce el derecho de un policía nacional a recibir una compensación económica por gasto de vestuario, al estar obligado a trabajar de paisano. La Sala de lo Contencioso-Administrativo concluyó que denegar dicha compensación vulneraría el principio de igualdad.

El origen de la demanda se sitúa en un recurso contencioso-administrativo presentado por un policía nacional, tras la desestimación por silencio administrativo de una solicitud dirigida a la Dirección General de la Policía en febrero de 2022. En esta solicitud, el demandante solicitaba que la administración cubriera los costes de vestuario por no estar obligado a usar uniforme durante su servicio. El policía argumentaba que, desde junio de 2007, su puesto requería trabajar de paisano, asumiendo él mismo los gastos asociados a dicha vestimenta.

El Tribunal valoró la situación del demandante, que durante más de una década sufragó los costes de su vestuario, y concluyó que dicha situación debía compensarse económicamente. Esta compensación se sustenta en el artículo 5 del Real Decreto 950/2005, que establece el derecho a indemnización por:

«razón de servicio, de residencia y de vestuario, las prestaciones familiares por hijo a cargo y las pensiones de recompensas y de mutilación o invalidez».

Jurisprudencia aplicable

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Asturias hizo referencia a la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre este asunto. En ella, se establece que la compensación económica por vestuario tiene como finalidad resarcir a los funcionarios que, debido a su servicio, están obligados a vestir de paisano. Según el artículo 5 del Real Decreto 950/2005, esta indemnización es aplicable a aquellos policías nacionales que, por la naturaleza de sus funciones, deben usar vestimenta acorde al servicio que prestan. El tribunal considera que la pretensión ejercitada es «absolutamente ajustada a la racionalidad».

Finalmente, el TSJ estima el recurso presentado por el policía y reconoce su derecho al pago de la compensación económica solicitada por gasto de vestuario. La Sala concluyó que el pago debía cubrir los últimos cuatro años anteriores a la presentación de la reclamación administrativa, conforme al plazo de prescripción establecido en la normativa aplicable, junto con los intereses legales correspondientes.

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