<

Entrada y registro realizados sin la debida autorización judicial

Absuelto a un hombre condenado previamente a prisión tras determinar que la entrada y registro no contaba con la debida autorización judicial

Publicado: 15 de abril de 2024

Absuelto de siete años y seis meses de prisión por tráfico de drogas tras determinar que la entrada y registro realizado por la Policía Nacional no contaba con debida autorización judicial

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha absuelto a un hombre condenado previamente a siete años y seis meses de prisión por tráfico de drogas, tras determinar que la entrada y registro realizados por la Policía Nacional en su propiedad no contaban con la debida autorización judicial. La droga incautada, que incluía 180,63 gramos de anfetamina y 2,89 gramos de MDMA, fue valorada en aproximadamente 13.872 euros y 21.078 euros en dosis para la anfetamina, y 306 euros en dosis para el MDMA.

La decisión del TSJN revoca una sentencia anterior de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial. Esta había encontrado al acusado culpable de poseer sustancias estupefacientes con la intención de distribuirlas. Según la Audiencia, el acusado almacenaba las drogas en su cochera junto con equipo para facilitar su distribución. Poseía una envasadora al vacío y básculas de precisión, y había realizado anotaciones de ventas a distintas personas.

Entrada y registro sin la debida autorización

Sin embargo, el Tribunal Superior cuestionó la legalidad del procedimiento policial durante la operación. El día del incidente, los oficiales de la Policía Nacional, actuando bajo sospechas previas de involucramiento del acusado en tráfico de drogas, intentaron acceder a la propiedad sin una orden judicial. Asimismo, el acusado trató de impedir su entrada, lo que llevó a un forcejeo que resultó en un registro no autorizado de la propiedad.

Fallo del Tribunal Supremo | Autorización judicial previa, salvo en circunstancias de flagrancia o urgencia

El TSJN enfatizó que la entrada y registro de un lugar cerrado, incluso si no es un domicilio, generalmente requiere autorización judicial previa. Salvo en circunstancias de flagrancia o urgencia, las cuales no estaban presentes en este caso. La sala destacó la importancia de la proporcionalidad entre la injerencia en los derechos fundamentales del individuo y el interés jurídico perseguido. Concluyendo que la evidencia obtenida de manera ilegal no podría ser utilizada para sustentar una condena.

La sentencia del TSJN es recurrible, permitiendo la posibilidad de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Últimas entradas publicadas

firmeza administrativa

La firmeza administrativa no impide una sanción si el acto sancionado es independiente

by | Abr 29, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Aunque el Tribunal reconoció que la sentencia recurrida incurrió en un error al no aplicar la doctrina sobre la firmeza administrativa, entendió que tal omisión no afectaba al fondo del asunto

apagón eléctrico

Declaración de emergencia nacional en España por apagón eléctrico

by | Abr 29, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Orden INT/399/2025 declara emergencia nacional tras el apagón eléctrico producido ayer, día 28 de abril.

falso médico

Falso médico condenado por estafa en gestación subrogada

by | Abr 29, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Superior confirma la condena a un falso médico por estafa en gestación subrogada.

Incendio intencionado

Incendio intencionado en un edificio residencial | Pena de 7 años de cárcel

by | Abr 29, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia confirmó íntegramente la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Ourense. Se validan todas las pruebas presentadas y considerando debidamente motivada la condena de siete años de prisión

Responsabilidad civil subsidiaria

Responsabilidad civil subsidiaria del Estado por abuso de autoridad en el ámbito militar

by | Abr 28, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Como consecuencia de esta omisión, el Tribunal Supremo declaró la nulidad del juicio oral anterior y ordenó retrotraer las actuaciones al inicio del juicio oral.

parque de atracciones

Un juez avala la prohibición de acceso con alimentos al parque de atracciones

by | Abr 28, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Un juzgado de Madrid ha establecido que la restricción de entrar comida a un parque de atracciones es conforme a derecho.