<

Equiparación de las parejas de hecho al matrimonio en cuestión de familia numerosa

El Tribunal Supremo ratifica la equiparación de las parejas de hecho con los matrimonios a la hora de obtener el título de familia numerosa

Publicado: 27 de octubre de 2023

El tribunal Supremo ratifica la equiparación de las parejas de hecho a la obtención del título de familia numerosa con los matrimonios.

Contexto y Detalles del Caso

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha determinado que las parejas de hecho deben equipararse a los matrimonios en términos de adquisición y disfrute del título de familia numerosa, siempre que estén registradas en un registro de uniones de hecho. La decisión surge a raíz de un caso donde la Consejería de Familia de la Junta de Andalucía otorgó este título a una pareja con tres hijos, designando como beneficiarios solo al padre solicitante y a los hijos, excluyendo a la madre.

La base para esta decisión fue la Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas.

Equiparación de las parejas de hecho

Tras la exclusión, la pareja afectada apeló ante un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, que falló a su favor, instando a la administración a reconocer a la madre como parte de la familia numerosa. El tribunal argumentó que se debía adaptar la Ley de Familias Numerosas a la realidad social actual y al mandato de protección familiar establecido en la Constitución.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirmo esta decisión. Sin embargo, la Junta de Andalucía apeló ante el Supremo, defendiendo que la ley no incluye expresamente a las parejas de hecho en la definición de familia numerosa.

Asimismo, el Tribunal Supremo respondió argumentando que el propósito central de la Ley de Familias Numerosas es la protección de la familia y que el matrimonio no es un requisito definitorio de una familia numerosa.

Conclusión y fallo de la sentencia

La sentencia subraya que las uniones de hecho no deben ser excluidas y que la inscripción en un registro garantiza una relación estable, similar al matrimonio. Se hace eco de la necesidad de reformar la ley para adaptarla a las realidades actuales y añade que, aunque una propuesta de reforma no prosperó, las Comunidades Autónomas tienen cierta autonomía en esta materia. Finalmente, el Supremo concluye que ambos progenitores, independientemente del vínculo matrimonial, deben considerarse ascendientes si la pareja está registrada en un registro de uniones de hecho.

Últimas entradas publicadas

módulos fiscales

Novedades en los módulos fiscales para 2026

by | Dic 11, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El BOE ha publicado la Orden HAC/1425/2025, de 9 de diciembre, en materia de módulos fiscales y estimación objetiva.

punto de recarga de vehículos

Punto de recarga de vehículos: basta con comunicar a la comunidad

by | Dic 11, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El artículo 17.5 LPH permite instalar un punto de recarga de vehículos sin aprobación vecinal si se respeta la normativa y se informa a la comunidad

sostenibilidad financiera

Proyecto de Ley de Medidas Excepcionales de Sostenibilidad Financiera para las Comunidades Autónomas de régimen común

by | Dic 11, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Consejo de Ministros ha publicado hoy, 11 de diciembre, el proyecto de Ley Orgánica en materia de sostenibilidad financiera autonómica.

microprocesadores

El TJUE respalda sanción a Intel en el sector de microprocesadores

by | Dic 11, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TJUE valida la sanción por abuso de Intel en microprocesadores, aunque ajusta la multa. Se refuerza el control de competencia en el sector tecnológico.

documento privado

La falsedad en documento privado no equivale a falsedad documental oficial

by | Dic 10, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Número Sentencia: 980/2025; Número Recurso: 3162/2023; TOL10.803.349 El Tribunal Supremo, en sentencia de 26 de noviembre de 2025, ha estimado un recurso de casación en...

patinete

Un patinete trucado puede considerarse como ciclomotor

by | Dic 10, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo establece que las características del vehículo, pese a su apariencia de patinete, corresponden con un ciclomotor.