La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha concluido el procedimiento sancionador contra Avatel Telecom, S.A. por el suministro de información inexacta o errónea durante 2023. Aunque la sanción inicial era de 1,81 millones de euros, la empresa obtuvo una reducción del 40% tras reconocer su responsabilidad y efectuar el pago anticipado. Como resultado, la multa quedó en 1,086 millones de euros.
Motivos de la sanción
La CNMC tiene la facultad de solicitar datos estadísticos y económicos a los operadores de telecomunicaciones para la elaboración de informes sectoriales. En este contexto, Avatel no proporcionó correctamente la información requerida para los boletines estadísticos de cuatro trimestres de 2023. Tampoco cumplió con la entrega del informe de seguimiento geográfico ni del informe económico sectorial del mismo año.
Pese a múltiples recordatorios y requerimientos formales, la empresa continuó enviando datos con errores y fuera de los plazos establecidos. Como consecuencia, la CNMC decidió imponer la sanción.
Información inexacta
El procedimiento se sustentó en el artículo 107.34 de la Ley General de Telecomunicaciones (LGTel), que considera infracción grave la falta de suministro de información exigible o su entrega de manera inexacta. La CNMC determinó que Avatel incurrió en esta falta al no corregir los errores a pesar de los avisos recibidos.
Además, el organismo recordó que los operadores de telecomunicaciones tienen la obligación de colaborar con la Administración y proporcionar datos veraces en los plazos establecidos.
Argumentos de Avatel y decisión final
Avatel justificó su incumplimiento alegando que su proceso de fusión con otros operadores dificultó la gestión interna de los datos. Sin embargo, la CNMC desestimó esta alegación al considerar que esta circunstancia no eximía a la empresa de su obligación de entrega de información precisa y puntual.
Posteriormente, la compañía reconoció expresamente su responsabilidad, lo que le permitió acogerse a la reducción de la sanción en un 40%. Tras el pago voluntario, la CNMC dio por cerrado el procedimiento en vía administrativa, aunque la empresa aún tiene la opción de recurrir en la jurisdicción contencioso-administrativa si así lo decide.