<

Insultar a compañeros fuera del trabajo puede conllevar despido

Un Tribunal Superior de Justicia declara la procedencia del despido de un trabajador por insultar a compañeros fuera del trabajo.

Publicado: 23 de enero de 2024

El tribunal valida el despido de un trabajador por insultar a compañeros fuera del trabajo y tener actitudes racistas. [TOL9.814.164]

La empresa había alquilado un piso en el que residían varios albañiles, a fin de poder trabajar en una obra cercana. Dos de ellos quedaron despedidos por insultar a compañeros fuera del trabajo.

Según consta en los hechos probados, tras haber consumido alcohol, varios trabajadores mantuvieron una actitud agresiva contra sus compañeros profiriendo insultos racistas, incluso hacia su jefe. Ante las quejas de los vecinos por el alboroto, el propietario de la vivienda llamó de madrugada al jefe de los empleados. Días después del suceso el jefe despidió a los dos empleados.

Ante el despido, uno de ellos interpuso demanda ante el juzgado de lo social, el cual declaró el despido como improcedente, al considerar que la carta de despido estableció una justificación clara, al realizar una remisión genérica al Estatuto de los Trabajadores.

La valoración del caso ante el Tribunal Superior de Justicia

Tras el recurso interpuesto por la empresa, el Tribunal de Justicia de Las Palmas de Gran Canaria da la razón a la empresa, y revoca lo dispuesto por el juzgado de instancia. Según el tribunal, la carta de despido reflejaba adecuadamente los motivos por los que la empresa decidió cesar el contrato. El motivo expuesto es el previsto en el artículo 54.2 c) del Estatuto de los Trabajadores. El artículo castiga «las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa».

Además, el tribunal tomó en cuenta la vinculación de los hechos con la relación laboral. En el caso, a pesar de no ocurrir en el centro de trabajo, se produjo en un entorno dedicado a facilitar el descanso nocturno tras el trabajo. Todos los presentes se encontraban allí con motivo de trabajo, por lo que dichas actitudes podrían hacer peligrar el mantenimiento del lugar de trabajo y de descanso.

Por ello, la Sala de lo Social del TSJ considera proporcionada la sanción de despido disciplinario. De esta manera, establece la procedencia del despido y retira lo dispuesto por el juzgado de lo social.

Últimas entradas publicadas

lactancia

Licencia por riesgo durante la lactancia a una magistrada

by | Nov 27, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Pleno del CGPJ reconoce la licencia por riesgo durante la lactancia natural hasta nueve meses a una magistrada.

expulsión

TSJ de La Rioja confirma expulsión por historial delictivo

by | Nov 27, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TSJ de La Rioja establece la expulsión de un ciudadano de origen rumano en razón de su historial delictivo.

Plazo de prescripción

Plazo de prescripción frente al Consorcio: criterio del Supremo

by | Nov 27, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El plazo de prescripción frente al Consorcio de Compensación de Seguros no comienza hasta que el perjudicado conoce con certeza la falta de seguro

recargo de apremio

Un solo recargo de apremio ordinario por cada deuda

by | Nov 26, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo establece que el recargo de apremio ordinario solo puede exigirse una vez, aunque existan varios responsables subsidiarios.

contrato formativo

Nueva regulación del contrato formativo

by | Nov 26, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto mediante el cual se pretende regular el contrato formativo.

Paralización de dos desahucios

Paralización de dos desahucios por vulnerabilidad social en Navarra

by | Nov 26, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Indemnización a dos inmobiliarias con 14.718,58 € y 1.803,70 € tras la paralización de dos desahucios por causas de vulnerabilidad social