La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha impuesto una multa total de 20,5 millones de euros a varias sociedades del Grupo Repsol. Esto se debe a que desplegaron una política comercial constitutiva de estrechamiento de márgenes abusivo, en perjuicio de estaciones de servicio independientes y de bajo coste. Además, el organismo regulador ha acordado la prohibición de contratar con el sector público para determinadas entidades del grupo durante un periodo de seis meses.
Posición de dominio y especial responsabilidad
Durante el periodo analizado, comprendido entre abril y diciembre de 2022, Repsol ostentaba una posición de dominio en el mercado mayorista nacional de combustibles de automoción suministrados a estaciones de servicio. Esta circunstancia le imponía, conforme al derecho de la competencia, una especial responsabilidad. Dicha responsabilidad consiste en no adoptar conductas que restringieran o falsearan la competencia efectiva.
Así lo exigen el artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia y el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Incrementos mayoristas y descuentos minoristas
La CNMC ha acreditado que, coincidiendo con el fuerte incremento del precio de los carburantes derivado de la guerra entre Rusia y Ucrania, Repsol aumentó de forma generalizada el precio mayorista del Gasóleo A (GOA) que vendía a estaciones de servicio rivales. Paralelamente, en el mercado minorista, la compañía lanzó una campaña de descuentos adicionales para clientes profesionales, principalmente transportistas, que repostaran GOA en su red de estaciones. Estos descuentos se sumaban a los previstos por la normativa gubernamental vigente.
El estrechamiento de márgenes como conducta ilícita
La combinación de ambas estrategias generó un estrechamiento de márgenes que impidió a las estaciones independientes competir en condiciones viables, al no poder repercutir los mayores costes mayoristas sin perder clientela. Esta práctica está expresamente prohibida para empresas dominantes, al expulsar o debilitar a competidores igualmente eficientes. El efecto fue especialmente grave en estaciones de bajo coste, que desempeñan un papel dinamizador en zonas de alta demanda y corredores estratégicos de transporte.
Investigación, sanción y efectos jurídicos
Tras diversas denuncias sectoriales, la CNMC realizó inspecciones en 2022 y abrió expediente sancionador en diciembre de 2023. La resolución declara una infracción muy grave del artículo 62.4.b) LDC. Además, se impone la multa de 20,5 millones de euros, con responsabilidad solidaria de las sociedades sancionadas y sus matrices. Asimismo, se prohíbe a Repsol Comercial, Campsa y Solred concurrir a licitaciones públicas de suministro de GOA durante seis meses. Por último, la resolución es recurrible ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.
Fuente: CNMC.

