<

Multa de 70.000 euros por difundir vídeos de una trabajadora en WeChat

La AEPD impone 70.000 euros de multa a una empresa por difundir vídeos en WeChat de una trabajadora que se ausentó de su puesto de trabajo.

Publicado: 28 de junio de 2024

La Agencia Española de Protección de Datos impone la multa por publicar vídeos en WeChat para demostrar que la trabajadora se había ausentado. Expediente Nº: EXP202300692

La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto una sanción de 70.000 euros a la empresa CUI ZSQ FOOD, S.L. Esta decisión se tomó después de que la compañía difundiera vídeos de una trabajadora en un grupo de WeChat, una plataforma de mensajería popular entre la comunidad china, con el fin de demostrar que se ausentó de su puesto de trabajo por unos minutos.

Un trabajador presentó una reclamación alegando que la empresa había utilizado un vídeo de una de sus trabajadoras para amenazar laboralmente a los empleados. En el vídeo se aprecia a la trabajadora ausentándose de su puesto para ir al baño durante 18 minutos. 

En respuesta a la solicitud de explicaciones por parte de la AEPD, la empresa manifestó que los empleados estaban al tanto de las cámaras de videovigilancia, instaladas por motivos de seguridad y para verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales. Respecto a la difusión de los vídeos en WeChat, la empresa alegó que fue una reacción impulsiva del encargado de producción, debido a la prolongada ausencia de una trabajadora. Según alega, la ausencia supuso un perjuicio notable tanto para la empresa como para los compañeros.

Evaluación de la AEPD

Inicialmente, la AEPD archivó las actuaciones, pero la reclamación se reabrió tras la presentación de un recurso de reposición.

En el recurso, la AEPD determinó que la difusión del vídeo carecía de fundamento jurídico y que vulneraba la confidencialidad de los datos personales de la trabajadora y de los demás empleados visibles en la grabación. 

Por lo tanto, la Agencia concluyó que la difusión de las imágenes constituye una infracción del artículo 5.1.f) del Reglamento General de Protección de Datos. El artículo exige la protección de los datos personales contra el tratamiento no autorizado o ilícito, además, se consideró como agravante el alcance de las imágenes, ya que el grupo incluía a 51 empleados. La conducta quedó sancionada con una multa de 70.000 euros, en virtud de lo dispuesto en el artículo 64.2 b) de la LPAC..

Reducción de la multa

Finalmente, la empresa pagó 42.000 euros tras acogerse a las dos reducciones ofrecidas por la AEPD: pagar de forma voluntaria y reconocer los hechos. Esta reducción del 40% fue abonada el 13 de junio.

 

Fuente: AEPD

Últimas entradas publicadas

Plazo razonable

Plazo razonable para impugnar el despido de una embarazada ante los tribunales

by | Jun 28, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TJUE determina que una trabajadora embarazada debe contar con un plazo razonable para impugnar su despido ante los tribunales

wechat

Multa de 70.000 euros por difundir vídeos de una trabajadora en WeChat

by | Jun 28, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

La AEPD impone 70.000 euros de multa a una empresa por difundir vídeos en WeChat de una trabajadora que se ausentó de su puesto de trabajo.

LGTBI+

Nuevas medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI+ en las empresas

by | Jun 28, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Gobierno acuerda nuevas medidas para garantizar la igualdad de las personas LGTBI+ en el ámbito laboral.

Delito de odio y de lesiones

Delito de odio y de lesiones tras agredir e insultar a otra persona debido a su orientación sexual

by | Jun 28, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

Condenado a una persona a seis meses de prisión por un delito de odio y otro leve de lesiones tras agredir a otro debido a su orientación sexual

vivienda familiar tras el divorcio

Un año el uso de la vivienda familiar tras el divorcio

by | Jun 27, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo reduce a un año el tiempo durante el cual el cónyuge más necesitado puede utilizar la vivienda familiar tras el divorcio

paparazzi

Condena a un paparazzi por acosar y lesionar a la pareja de un exfutbolista

by | Jun 27, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

Un Juzgado de lo Penal condena a un paparazzi a un año de prisión por lesiones y acoso a la pareja de un exfutbolista.