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Orientación sexual | la divulgación de esta es un dato «manifiestamente público» pero no autoriza automáticamente su uso en marketing dirigido

En 2018, Meta Platforms Ireland actualizó las condiciones de servicio de Facebook para los usuarios de la Unión Europea, requeridas para usar sus servicios. Maximilian Schrems, usuario y defensor de la privacidad, aceptó las condiciones pero disputó cómo Facebook personalizaba la publicidad. Particularmente relacionada con la orientación sexual. Según Schrems, la publicidad que recibía estaba […]

Publicado: 29 de abril de 2024

En 2018, Meta Platforms Ireland actualizó las condiciones de servicio de Facebook para los usuarios de la Unión Europea, requeridas para usar sus servicios. Maximilian Schrems, usuario y defensor de la privacidad, aceptó las condiciones pero disputó cómo Facebook personalizaba la publicidad. Particularmente relacionada con la orientación sexual. Según Schrems, la publicidad que recibía estaba basada en un análisis de sus intereses y no directamente en su orientación sexual, lo cual consideró un uso inapropiado de sus datos. Insatisfecho, llevó su caso a los tribunales de Austria.

Divulgación de la orientación sexual | preguntas legales sobre si tal divulgación convertía su orientación en un dato «manifiestamente público»

En una mesa redonda, Schrems mencionó abiertamente su homosexualidad, un hecho que no había divulgado en Facebook. Esto llevó a preguntas legales sobre si tal divulgación convertía su orientación en un dato «manifiestamente público» según el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y si permitía su uso para publicidad dirigida.

El Tribunal Supremo austriaco consultó al Tribunal de Justicia de la UE sobre si Facebook puede usar datos personales de manera ilimitada para publicidad. Y si revelar públicamente la orientación sexual en un foro permite su uso para publicidad específica.

Abogado General | limitar el uso de datos personales

El Abogado General Athanasios Rantos recomendó al tribunal limitar el uso de datos personales basándose en el principio de proporcionalidad. Respecto a la orientación sexual, Rantos indicó que aunque es un dato protegido, esta protección no aplica si el individuo lo ha hecho público voluntariamente. Sin embargo, destacó que esto no autoriza automáticamente su uso en marketing dirigido.

Límites de la privacidad y la publicidad

Esta situación subraya la compleja interacción entre privacidad individual y prácticas de marketing, destacando la necesidad de un equilibrio que respete los derechos individuales y las realidades comerciales dentro del marco legal europeo. La decisión final del Tribunal de Justicia será clave para definir los límites de la privacidad y la publicidad personalizada en Europa.

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