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Paciente mal diagnosticado | el TSJX de Galicia rebaja de 193.000 a 50.000 euros la indemnización

El TSJX rebaja la indemnización de un paciente mal diagnosticado de 193.000 a 50.000 euros. fuera la causa directa del infarto

Publicado: 13 de noviembre de 2023

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha reducido la indemnización para un paciente mal diagnosticado de 193.000 a 50.000 euros. La mutua deberá pagar esta suma por los daños morales debido a la pérdida de oportunidad que causó el diagnóstico erróneo de una cardiopatía.

El Tribunal Superior atiende parcialmente el recurso presentado por la mutua

El TSXG acogió parcialmente el recurso de apelación de la mutua. Argumentaron que no se puede establecer con certeza que el mal diagnóstico fuera la causa directa del infarto de miocardio sufrido por el paciente.

Según el tribunal, un diagnóstico precoz hubiera podido prevenir el infarto, pero existe incertidumbre sobre si el daño se hubiera evitado completamente.

La sentencia declara que «es posible afirmar que la actuación médica, con ausencia de un diagnóstico precoz de la angina de pecho pese a los síntomas que se revelaban, privó al paciente de determinadas expectativas de que meses después no se produjese el infarto de miocardio, que deben ser indemnizadas». Del Mismo modo, el tribunal rebaja el montante de la indemnización. Se rebaja «el montante de la indemnización en razón de la probabilidad de que el daño se hubiera producido, igualmente, de haberse actuado diligentemente», continúa el tribunal.

Paciente mal diagnosticado | A falta de un diagnóstico temprano privó al paciente de la oportunidad de evitar el infarto

El tribunal de primera instancia determinó que el mal diagnóstico impidió un tratamiento adecuado y llevó al paciente a sufrir un infarto con secuelas graves. El tribunal de primera instancia determinó que el mal diagnóstico impidió un tratamiento adecuado y llevó al paciente a sufrir un infarto con secuelas graves. Sin embargo, el TSXG considera que la falta de un diagnóstico temprano privó al paciente de la oportunidad de evitar el infarto. Por lo tanto, justifica así así la reducción de la indemnización. Los informes periciales muestran que el paciente presentaba síntomas de angina de pecho desde septiembre de 2018, pero la sentencia del TSXG, aún no definitiva y recurrible ante el Tribunal Supremo, prioriza la incertidumbre causal y la doctrina de la pérdida de oportunidad para justificar la reducción de la indemnización.

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