La Audiencia de Ourense dicta condena de tres años de cárcel por estafar 75.000 euros a su tío octogenario. Sentencia del 22 de noviembre.
La AP de Ourense ha condenado a tres años de prisión a una mujer por un delito continuado de estafa agravada contra su tío octogenario. Según la sentencia, la acusada aprovechó el deterioro cognitivo de la víctima, derivado de una demencia vascular, para estafar más de 75.000 euros, valiéndose de su aislamiento y de la confianza que él depositaba en ella.
Además de la pena de prisión, el tribunal ha impuesto a la condenada una indemnización de 76.274 euros, distribuidos entre el hijo de la víctima (43.020 euros) y una sociedad afectada por las maniobras fraudulentas (33.254 euros).
Un plan preconcebido basado en el engaño
La resolución judicial considera probado que la acusada gestó un plan metódico para apropiarse del patrimonio de su tío. Aprovechó que el único hijo del octogenario residía en el extranjero y que la víctima estaba hospitalizada en el Complejo Hospitalario Universitario de Ourense. La mujer declaró ante los Servicios Sociales que el anciano no tenía familiares, llevándoselo a vivir a su casa y obstaculizando el contacto con su hijo, al que justificaba que era una decisión de su padre.
En este contexto, apenas una semana después del alta hospitalaria, la acusada llevó a su tío a una sucursal bancaria, donde logró cancelar un depósito a plazo de 25.000 euros y posteriormente retiró 33.254 euros de una cuenta corriente, fondos que pertenecían a una sociedad compartida entre la víctima y su hijo. Además, el 30 de septiembre de 2019, lo condujo a una notaría para obtener poderes amplios sobre sus cuentas y ser designada como tutora en caso de incapacidad.
Más de 75.000 euros sustraídos
La estafa continuó a través de retiradas de efectivo y pagos con tarjeta de crédito en la cuenta personal de la víctima. Entre los años 2019 y 2021, la acusada sustrajo 16.600 euros en efectivo y realizó pagos con tarjeta por valor de 16.942,30 euros, entre ellos, gastos personales como 1.195 euros para una piscina. Incluso tras ingresar al octogenario en una residencia en junio de 2020, siguió realizando retiradas de efectivo por 5.850 euros y pagos con tarjeta por 3.277,75 euros.
Revocación de poderes y fallecimiento de la víctima
En enero de 2021, el anciano fue judicialmente incapacitado, designándose a su hijo como tutor legal y revocándose los poderes otorgados a la acusada. La víctima falleció ese mismo abril, dejando como único heredero a su hijo, quien asumió la defensa de los intereses patrimoniales afectados por el fraude.
Fundamentación jurídica de la condena
El tribunal ha considerado la existencia de un delito continuado de estafa, agravado por la situación de especial vulnerabilidad de la víctima, art. 250 CP. El artículo tipifica las estafas cuando se abusa de la relación de confianza o de una situación de desamparo.
Fuente. CGPJ.