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Seis meses de prisión por agredir a una detenida en los calabozos de la comisaría

La AP de Bizkaia condena a seis meses de prisión a un Ertzaintza por agredir a una mujer detenida en el calabozo de comisaría

Publicado: 1 de diciembre de 2023

La Audiencia de Bizkaia condena a un agente de la Ertzaintza a seis meses de prisión por agredir a una detenida en los calabozos de la comisaría de Getxo.

La Audiencia de Bizkaia ha emitido una sentencia condenando a un agente de la Ertzaintza a seis meses de prisión por agredir a una mujer detenida en los calabozos de la comisaría de Getxo. El agente fue encontrado culpable de un delito contra la integridad moral y un delito leve de lesiones. El condenado abofeteó y golpeo a la detenida. Además de la condena de prisión, se le impuso la inhabilitación especial para ejercer cargo público durante la duración de la condena. Así como una multa de tres meses a razón de diez euros diarios.

El agente debe indemnizar a la mujer con 12.400 euros por el daño moral causado y por la agravación de su condición psiquiátrica preexistente. Por otro lado, el tribunal condenó a la mujer por cometer un delito de desobediencia a agentes de la autoridad. Asimismo, se le impuso una multa de tres meses a razón de seis euros diarios.

Origen del caso

El caso comenzó el 26 de mayo de 2018, cuando varios agentes detuvieron a la mujer después de que ella criticara su actuación mientras identificaban a un hombre ebrio cerca de un supermercado. En los calabozos, se produjo un conflicto cuando la mujer intentó recuperar su cartera, momento en el cual el agente la agredió.

Las grabaciones videográficas del exterior del supermercado y del interior de los calabozos fueron elementos clave en el juicio. Estas mostraron que, en el exterior, la mujer no presentó una actitud agresiva hacia los agentes. Sin embargo, en los calabozos, el agente actuó con evidente extralimitación y sin necesidad, agrediendo físicamente a la detenida.

Fallo de la Audiencia Provincial

La Audiencia destacó que las lesiones causadas al agente por la mujer se consideraron como parte de una legítima defensa, por lo cual fue absuelta del delito leve de lesiones del que estaba acusada. La sentencia pone de relieve la inadmisibilidad del maltrato físico y la degradación a la que fue sometida la mujer, enfatizando que dichos actos no son tolerables por parte de un funcionario público. Por ello condena al Ertzaintza a seis meses de prisión y una indemnización de 12.400 euros. Del mismo modo, se condenó a la mujer por un delito de desobediencia a agentes de la autoridad. Con una correspondiente multa

Los implicados pueden apelar la sentencia, que no es definitiva, ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

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