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Suspensión cautelar de 13 parques eólicos tras la sentencia del TS

Suspensión cautelar de 13 parques eólicos tras la sentencia del Tribunal Supremo El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha suspendido cautelarmente la autorización y construcción de 13 parques eólicos. La decisión sigue la sentencia del Tribunal Supremo de diciembre. Esta decisión se basa en la adaptación de criterios del TSXG respecto a la […]

Publicado: 6 de marzo de 2024

Suspensión cautelar de 13 parques eólicos tras la sentencia del Tribunal Supremo

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha suspendido cautelarmente la autorización y construcción de 13 parques eólicos. La decisión sigue la sentencia del Tribunal Supremo de diciembre.

Esta decisión se basa en la adaptación de criterios del TSXG respecto a la apariencia de buen derecho en los plazos de exposición pública y acceso a los informes sectoriales, que anteriormente motivaron la anulación de algunas instalaciones por parte del tribunal. La resolución del TS rechazó dos causas consideradas por el TSXG para dictar la anulación, relacionadas con el procedimiento de evaluación de impacto ambiental y el acceso público a informes sectoriales.

Suspensión cautelar de los parques eólicos

Periculum in mora

El TSXG ha emitido 18 autos, decidiendo sobre las solicitudes de suspensiones cautelares para 16 parques, de los cuales 13 han sido aceptadas. Las medidas cautelares se justifican para evitar que el tiempo hasta una decisión judicial firme invalide el propósito del proceso. Asimismo, el tribunal ha descartado el uso del fumus boni iuris respecto a los procedimientos de evaluación de impacto ambiental. No obstante, ha considerado el periculum in mora, que evalúa el riesgo de retrasar la decisión y asegurar la aplicabilidad futura de la sentencia.

Análisis del TSJ de Galicia

Ponderación entre los intereses en conflicto | Promoción de energías renovables y el desarrollo económico frente al interés particular y público en la protección del medio ambiente

En su análisis, el TSXG ha ponderado los intereses en conflicto, incluyendo los particulares, generales y de terceros. Subrayando la importancia de los principios de cautela, prevención y precaución en materia medioambiental sobre la captación y transporte de energía eléctrica. Para apreciar el periculum in mora, se ha tenido en cuenta información del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico. Incluyendo áreas no recomendadas para la instalación eólica e informes sobre hábitats prioritarios.

Suspensión cautelar de 13 parques eólicos

Los parques cuya suspensión ha sido decretada incluyen instalaciones en diversas localidades gallegas. Por contra, el TSXG ha desestimado la suspensión para otros tres parques. Esta resolución refleja la complejidad de conciliar el desarrollo energético con la protección ambiental y la legalidad de los procedimientos administrativos.

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