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Suspensión de plazos procesales en Valencia por los efectos de la DANA

El CGPJ ha acordado la suspensión de los plazos procesales en la provincia de Valencia. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado la suspensión de los plazos procesales en los órganos judiciales de Valencia. Se trata de una decisión adoptada en respuesta a las consecuencias de la reciente DANA que ha […]

Publicado: 31 de octubre de 2024

El CGPJ ha acordado la suspensión de los plazos procesales en la provincia de Valencia.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado la suspensión de los plazos procesales en los órganos judiciales de Valencia. Se trata de una decisión adoptada en respuesta a las consecuencias de la reciente DANA que ha afectado desde el 29 de octubre. Esta medida de emergencia, solicitada por la Sala de Gobierno del TSJCV, surte efectos desde el miércoles 30 de octubre hasta el jueves 31.

Términos del acuerdo

El CGPJ ha establecido el siguiente acuerdo:

«1-. Todas las notificaciones y comunicaciones remitidas por los órganos judiciales durante los días 30 y 31 de octubre a través del servicio Lexnet deberán entenderse notificadas con fecha del lunes 4 de noviembre.

2-. En cuanto al cómputo de plazos procesales, quedarán excluidos los días 30 y 31 de octubre, sin perjuicio de que si la fuerza mayor persiste más allá del día 3 de noviembre se adoptarán los acuerdos necesarios que exijan las concretas circunstancias.

El CGPJ expresa su pesar por la pérdida de vidas que ha supuesto la DANA acaecida en la Comunidad Valenciana desde el pasado día 29 y los daños y perjuicios materiales sufridos por su población, manifiesta sus condolencias a las familias de las víctimas y el apoyo a las autoridades judiciales, los médicos forenses y el conjunto de los operadores jurídicos que están desempeñando su trabajo en estas difíciles circunstancias y se pone a disposición de otras autoridades y administraciones a fin de lograr paliar las terribles consecuencias del temporal.

El acuerdo se ha aprobado por razones de urgencia por la Comisión Permanente, que dará cuenta del mismo al Pleno para su posterior ratificación en la primera sesión que este celebre, a tenor de lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento 1/1986, de Organización y Funcionamiento del órgano de gobierno de los jueces.»

 

Fuente. CGPJ.

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