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Tarjetas ‘revolving’ | Criterios para declarar abusivos los intereses

La ausencia de transparencia en la cláusula que fija la TAE, combinada con aspectos como el anatocismo (capitalización de intereses) y cuotas que apenas amortizan el capital, crea un desequilibrio significativo en perjuicio del consumidor

Publicado: 4 de febrero de 2025

El Tribunal Supremo ha establecido criterios para considerar abusivas ciertas cláusulas en contratos de tarjetas de crédito revolving. Lo ha hecho a través de dos sentencias que analizan la fijación del interés remuneratorio. En particular, se centra en casos donde este interés se asocia con el sistema de amortización característico de estos productos.

Tarjetas ‘revolving’ | Definición del crédito revolving

Se trata de un crédito al consumo con una línea de crédito renovable automáticamente. El usuario puede utilizarlo hasta el límite concedido sin necesidad de pagar de inmediato la totalidad. El reembolso se realiza en cuotas periódicas, que generalmente son fijas o basadas en un porcentaje del importe utilizado. Esta modalidad puede extender significativamente el plazo de amortización, dado que en cuotas bajas se amortiza poco capital, generando un acumulado elevado de intereses.

Obligación de transparencia

Es fundamental que la información previa a la contratación permita al consumidor medio entender de forma clara y precisa el funcionamiento del mecanismo de recomposición del capital. Además, debe comprender cómo este influye en la liquidación de intereses y en la amortización. Se debe detallar la relación entre la elevada TAE, el sistema de recomposición y otras cláusulas que aumentan los riesgos. De este modo, el consumidor podrá comparar eficazmente las distintas ofertas disponibles.

Consecuencias de la falta de información adecuada

La ausencia de transparencia en la cláusula que fija la TAE, combinada con aspectos como el anatocismo (capitalización de intereses) y cuotas que apenas amortizan el capital, crea un desequilibrio significativo en perjuicio del consumidor. Esta opacidad impide al usuario valorar correctamente los riesgos de un contrato con duración indefinida o prorrogable. Como consecuencia, queda expuesto a la posibilidad de quedar atrapado en una espiral de deuda. Este fenómeno, denominado por el Banco de España como «efecto bola de nieve», ha sido calificado por el Tribunal como una situación que convierte al deudor en un «deudor cautivo».

Criterios para declarar abusivos los intereses de las tarjetas ‘revolving’

En conclusión, el Tribunal Supremo enfatiza la necesidad de que los contratos de tarjetas revolving incluyan una información completa, clara y diferenciada que permita al consumidor comprender plenamente los riesgos y costos asociados, garantizando así la transparencia y evitando cláusulas abusivas que puedan desequilibrar la relación contractual.

 

Fuente: CENDOJ

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