La decisión de la Comisión Europea sobre Zalando. Asunto T-348/23.
El 25 de abril de 2023, la Comisión Europea designó a Zalando como «plataforma en línea de muy gran tamaño» en aplicación del Reglamento de Servicios Digitales (DSA). Este acto administrativo se fundamentó en que la plataforma contaba con un promedio mensual superior a 83 millones de destinatarios activos. Esta cifra está muy por encima del umbral de 45 millones fijado por el artículo 33 del DSA.
La calificación implica la aplicación de obligaciones reforzadas, especialmente en materia de protección de consumidores y control de contenidos ilícitos. Estas son medidas esenciales para garantizar un entorno digital seguro y transparente.
Recurso de Zalando ante el Tribunal General
Zalando interpuso recurso ante el Tribunal General de la Unión Europea (asunto T-348/23), cuestionando la legalidad de su designación. La empresa alegó que solo debía computarse la actividad de su programa «Partner Programm», en el que participan vendedores terceros. Según Zalando, esto limitaría su alcance a unos 30 millones de usuarios activos.
Además, defendió que las normas de designación vulneraban principios fundamentales del Derecho de la Unión. Alegaron que se vulnera la seguridad jurídica, la igualdad de trato y la proporcionalidad.
Argumentos jurídicos del Tribunal General
El Tribunal General rechazó los argumentos de la demandante. Subrayó que la definición de «plataforma en línea» prevista en el artículo 3, letra i), del DSA es aplicable a Zalando. Esto es porque permite la comercialización de productos por terceros a través del «Partner Programm».
Asimismo, la imposibilidad de distinguir entre usuarios expuestos a contenidos propios («Zalando Retail») y aquellos expuestos a contenidos de terceros justificó que la Comisión computara a todos los usuarios. Este razonamiento permitió validar la cifra de más de 83 millones de destinatarios activos mensuales.