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Transferencias y las relaciones contractuales entre los jugadores de fútbol y los clubes en la FIFA

Conclusiones ante el TJUE con ciertas normas de la FIFA que rigen las transferencias y las relaciones contractuales entre jugadores y clubes

Publicado: 3 de mayo de 2024

El Abogado General Maciej Szpunar ha presentado sus conclusiones ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con ciertas normas de la FIFA que rigen las transferencias y las relaciones contractuales entre los jugadores de fútbol y los clubes. Estas normas, contenidas en el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ), han sido cuestionadas por un exjugador profesional que enfrentó dificultades al tratar de unirse a un nuevo club después de que su contrato con el Lokomotiv de Moscú fuera rescindido.

Leyes de la Unión Europea sobre competencia y la libre circulación de trabajadores

Según el Abogado General, las normas del RETJ podrían ser contrarias a las leyes de la UE sobre competencia y la libre circulación de trabajadores. Szpunar señaló que las disposiciones del RETJ son restrictivas. Ya que pueden disuadir a los clubes de contratar a jugadores por temor a tener que asumir responsabilidades económicas significativas. Y, asimismo,  enfrentarse a sanciones deportivas si se determina que el jugador terminó su contrato anterior sin causa justificada. Esto, a su vez, limita la capacidad de los jugadores para cambiar de club y afecta la competencia entre los clubes en el mercado de fichajes de jugadores profesionales.

Transferencias y las relaciones contractuales entre club y jugador

El Abogado General Szpunar sostuvo que el RETJ es restrictivo en términos de la libre circulación de trabajadores y la competencia. Pues este desincentiva a los clubes a contratar jugadores por el riesgo económico involucrado y limita la posibilidad de que los jugadores cambien de club. Argumentó que estas restricciones solo podrían estar justificadas si contribuyen a alcanzar objetivos legítimos y son estrictamente necesarias para ese fin.

Destacó que cualquier restricción a la competencia debe evaluarse para determinar si realmente restringe la competencia entre clubes por efecto y no solo por objeto. Y que las restricciones a la libre circulación de jugadores deben poder justificarse demostrando que el nuevo club no participó en la terminación injustificada del contrato anterior.

Transferencias y las relaciones contractuales

Además, mencionó que las normas que regulan la expedición de certificados de transferencia internacional deberían permitir medidas provisionales que sean eficaces y rápidas. Especialmente en casos donde sólo se alegue que el jugador no respetó los términos de su contrato.

Estas observaciones del Abogado General son preliminares y no vinculantes. Sin embargo, proporcionan una dirección importante sobre cómo el TJUE podría abordar el caso cuando emita su decisión definitiva.

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