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Traspaso de competencias en materia de tráfico de la Guardia Civil a la Comunidad Foral de Navarra

El Real Decreto facultaba el traspaso de competencias en materia de tráfico de la Guardia Civil a la Comunidad Foral de Navarra

Publicado: 22 de febrero de 2024

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia anulando el Real Decreto 252/2023. El Real Decreto facultaba el traspaso de competencias en materia de tráfico de la Guardia Civil a la Comunidad Foral de Navarra. Con la anulación, el Tribunal estima el recurso presentado por la asociación Justicia Guardia Civil (JUCIL). Los magistrados argumentaron que esta competencia no se encuentra reconocida dentro de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (LORAFNA), ni está respaldada por el Derecho histórico de Navarra.

El tribunal subrayó que para que Navarra pudiera asumir dichas competencias, sería necesario o bien reformar la LORAFNA o promulgar una ley orgánica en virtud del artículo 150.2 de la Constitución Española. Por lo que evidencia una clara limitación en la aplicación del Real Decreto para la transferencia de competencias no explicitadas en la normativa o el derecho foral vigente.

la LORAFNA no contempla un título competencial para las funciones específicas ejercidas por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil

La sentencia detalla que la LORAFNA no contempla un título competencial para las funciones específicas ejercidas por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Se destaca que, históricamente, la competencia sobre tráfico siempre ha estado en manos de la Guardia Civil. Mientras que la Policía Foral desempeña roles subordinados y de colaboración. Este análisis legal concluye que Navarra no posee, ni en el marco de la LORAFNA ni previo a esta, un título competencial que avale el traspaso de competencias de tráfico ejercidas por la Guardia Civil. Por lo que se desestima la posibilidad de un traspaso de competencias basado en el derecho histórico o en interpretaciones extensivas de la normativa vigente.

Traspaso de competencias en materia de tráfico

Además, el tribunal desestimó la alegación de la Comunidad Foral de Navarra sobre la falta de legitimación activa de JUCIL para interponer el recurso. Argumentando que cualquier cambio en las funciones o el destino geográfico de los guardias civiles afectados por el traspaso incide directamente en sus intereses profesionales. Esto incluye la posibilidad de ser reasignados a otras zonas fuera de Navarra o integrarse en la Policía Foral. Resaltando la relevancia directa de la sentencia en la organización funcional y territorial de los cuerpos de seguridad del Estado en dicha comunidad autónoma.

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