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TSJ Aragón rechaza pago único del paro para trabajar como autónomo

El TSJ de Aragón confirma una sentencia que deniega el pago único del paro a un camionero, cuyo objetivo era invertirlo en ser autónomo.

Publicado: 2 de octubre de 2025

Ratificación de la sentencia de instancia: negativa al pago único del paro. [TOL10.683.365]

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha confirmado la resolución del Juzgado de lo Social de Zaragoza que denegó a un camionero la capitalización de la prestación por desempleo para iniciar una actividad como trabajador autónomo. La Sala concluye que la solicitud se realizó en fraude de ley con la finalidad de obtener financiación para su nuevo proyecto profesional.

Antecedentes del caso

El recurrente había sido despedido de una empresa de logística y, tras no impugnar la decisión, el Servicio Público de Empleo Estatal le reconoció 720 días de prestación con una cuantía diaria de 52,50 euros. Posteriormente, presentó solicitud de pago único de la prestación, aportando documentación relativa a su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, una memoria de actividad en el sector del transporte y una factura por la compra de un camión valorado en 25. 410 euros. Tanto el SEPE como el Juzgado rechazaron la petición.

Fundamentos jurídicos

El magistrado de instancia apreció fraude en la actuación del trabajador al entender que buscó la extinción contractual, con el propósito de acceder indebidamente a la prestación en su modalidad de pago único. La Sala de lo Social, al revisar el recurso, recuerda que conforme al artículo 228. 3 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, la entidad gestora puede abonar hasta el 100% de la prestación para facilitar el inicio de una actividad por cuenta propia. Sin embargo, esta opción queda excluida para quienes se constituyen en trabajadores autónomos económicamente dependientes contratando con la misma empresa o grupo empresarial con el que mantuvieron vínculo previo.

Conclusión del tribunal

El TSJ concluye que la situación de desempleo se creó artificialmente para acceder al pago único, constituyendo un supuesto de fraude de ley (artículo 6. 4 del Código Civil). De esta forma, entiende que el trabajador no se encontraba en una verdadera situación legal de desempleo.

Posibilidad de recurso

La sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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