<

TSJ confirma sanción disciplinaria a un profesor por falta de rendimiento y desconsideración hacia el alumnado

El TSXG confirma la sanción disciplinaria a un profesor por reiteradas faltas disciplinarias en su puesto de trabajo.

Publicado: 28 de noviembre de 2023

El profesor se refería a los alumnos como «pokémon», «transformer», o «miau», entre otros. La utilización de contestaciones desagradables, comentarios denigrantes e inapropiados justifica la sanción disciplinaria al profesor.

La sentencia 824/2023 del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, de 14 de noviembre, ratifica la sanción disciplinaria al profesor por comportamientos inadecuados de manera constante en su puesto de trabajo.

La sanción consiste en la suspensión de funciones durante 18 meses y 15 días, a raíz de la comisión de dos infracciones graves: falta injustificada de rendimiento, y otra, la desconsideración grave hacia las personas con las que se relacionaba en el ejercicio de sus funciones, especialmente, los alumnos.

Durante los cursos comprendidos entre 2018 y 2020 el profesor había recibido advertencias del director del centro acerca de sus comportamientos, además de las quejas presentadas por el alumnado. En 2021, la Xunta abrió un acuerdo de incoación de procedimiento disciplinario contra él, resultando en una sanción.

La falta injustificada de rendimiento

El profesor no informó al alumnado de la programación didáctica, no explicaba debidamente la materia, ni corregía los exámenes en profundidad, además, este era su único criterio de valoración. No cumplía con los objetivos establecidos por la Xunta, además, se comunicaba con los alumnos a través de WhatsApp, medio no justificado, debido a que requiere el teléfono móvil personal de los alumnos.

Por otro lado, queda acreditado por la prueba testifical de varios alumnos y la jefa de estudios que se ausentaba sin motivo justificado. Dejaba solos a los alumnos en clase.

La desconsideración grave con los alumnos

El profesor utilizaba apodos para referirse a los alumnos: «transformer», «drogadicto», «miau», «pokémon», etc. Utilizaba dichas expresiones para ridiculizarlos, así como contestaciones desagradables, comentarios sexistas, preguntas personales, etc. También se refería en sus comentarios al aspecto físico de las alumnas, hacía trato de favor e intervenía en sus conversaciones privadas. No respetó las pautas pedagógicas establecidas para el profesorado.

A raíz de lo dispuesto, el TSXG rechaza el recurso presentado por el profesor, ratifica lo dispuesto por el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Pontevedra. Ambas resoluciones ratifican la resolución sancionadora impuesta.

Además, recalca la continuidad de los hechos a lo largo del curso académico, motivo por el cual considera justificada y adecuada la suspensión de funciones.

 

Otras noticias de interés:

TJUE | La compensación por copia privada a favor de organismos de radiodifusión

Últimas entradas publicadas

Reclamación de diferencias salariales

Reclamación de diferencias salariales avalada por el Supremo

by | Nov 18, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo ha reconocido que una reclamación de diferencias salariales presentada por una trabajadora no estaba prescrita, ya que el plazo de prescripción no...

impuesto sobre el patrimonio

Límite del Impuesto sobre el Patrimonio para no residentes

by | Nov 18, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo reconoce a un contribuyente no residente el derecho a aplicar el límite del Impuesto sobre el Patrimonio.

Titulación universitaria

Titulación universitaria para ser vocal de la Comisión de MUYE

by | Nov 18, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Titulación universitaria en Ciencias de la Salud para formar parte de la primera Comisión Nacional de la Especialidad en Medicina de Urgencias y Emergencias (MUYE)

TSJ riojano rechaza la suspensión cautelar de normativa de caza de lobos

by | Nov 18, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja desestima la suspensión cautelar de las medidas contra la caza de lobos.

protección constitucional

Protección constitucional | La neutralidad no es requisito

by | Nov 17, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La protección constitucional de la libertad de información no exige neutralidad, siempre que se cumplan los requisitos de veracidad

ferroviaria

España no vulneró la Directiva en materia ferroviaria

by | Nov 17, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal de Justicia de la UE desestima un recurso presentado por la Comisión Europea en materia ferroviaria en España.