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Validez del Plan Especial de la ZAL del Puerto de Valencia

En su fallo, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana declara que la actuación administrativa es conforme a Derecho.

Publicado: 13 de octubre de 2025

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha avalado la legalidad del Plan Especial de la ZAL del Puerto de Valencia. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado el recurso de la Asociación Ciudadana per l’Horta, confirmando que la resolución de la Generalitat Valenciana, que aprobó dicho plan en 2018, se ajusta plenamente a Derecho.

Origen del litigio: impugnación del Plan Especial de la ZAL

El conflicto judicial comenzó con la impugnación del Plan Especial de la ZAL aprobado por resolución de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, el 17 de diciembre de 2018. Aunque esta aprobación fue anulada por una sentencia en 2022, el Tribunal Supremo, mediante fallo de 30 de octubre de 2024, ordenó al TSJ valenciano emitir una nueva resolución valorando el resto de argumentos que no se habían examinado.

Alegaciones contra el Plan

La Asociación Ciudadana per l’Horta basó su recurso en una serie de presuntas irregularidades en la tramitación del Plan Especial de la ZAL, entre ellas:

  • Falta de estudio de alternativas de emplazamiento.
  • Insuficiencia del análisis económico del plan.
  • Ausencia del trámite de consulta pública previa.
  • Inexistencia de un estudio de paisaje.
  • Supuestas infracciones en materia de infraestructuras ferroviarias y viarias.

Legalidad del Plan Especial de la ZAL según el TSJ

Por tanto, el tribunal rechaza de forma argumentada todas las alegaciones presentadas. Considera que el Plan Especial de la ZAL:

  • Se encuentra justificado por razones de interés público y funcionalidad logística, dada su ubicación colindante al Puerto de Valencia.
  • Se tramitó conforme a la normativa urbanística autonómica, en particular a la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP).
  • Cumple con los requisitos de la evaluación ambiental estratégica simplificada, debido al carácter consolidado y previamente urbanizado del suelo.

En este punto, el tribunal hace suyo el criterio del Tribunal Supremo, que avaló la legalidad del procedimiento ambiental simplificado por estar basado en desarrollos urbanísticos anteriores, aunque posteriormente anulados.

Fallo judicial: conformidad legal del Plan Especial de la ZAL

En su sentencia, el TSJ de la Comunidad Valenciana concluye que el Plan Especial de la ZAL del Puerto de Valencia fue aprobado de forma legal y procedente. Por tanto, desestima íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la asociación recurrente, sin condena en costas.

Este fallo refuerza la viabilidad jurídica del Plan Especial de la ZAL, permitiendo que continúe su desarrollo dentro del marco normativo vigente y consolidando su papel estratégico dentro del sistema logístico del puerto valenciano.

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