Se anula la compraventa de un coche, al haber descubierto defectos ocultos. Los desperfectos no permitían utilizar el coche, además de tener piezas no homologadas.
La Audiencia Provincial de Baleares ha emitido una sentencia a favor de una mujer que solicitó la anulación del contrato de compraventa de un vehículo debido a la existencia de defectos ocultos.
La demandante había adquirido un coche usado, un Mini Cooper R-56, por un precio de 4.500 euros, el 20 de octubre de 2021. Sin embargo, tras la compra, la compradora comenzó a detectar múltiples problemas que, según alega, no le fueron informados por la vendedora al momento de la transacción.
Defectos graves y ocultos
El coche comenzó a mostrar fallos desde el día de la compra, según relata la demandante. Durante el transporte del vehículo hacia Palma, se desprendieron varias piezas. Posteriormente, en una revisión mecánica inicial, se identificaron problemas significativos, como un tubo de escape no reglamentario y sujeto con un alambre, al igual que el parachoques. Los problemas se agravaron cuando, pocos días después, el coche se detuvo abruptamente en la autovía. Una revisión más exhaustiva reveló defectos de mayor gravedad, estimando la reparación en 3.745,58 euros.
Estos hechos llevaron a la compradora a iniciar una demanda en la que solicitaba la resolución del contrato y la devolución de los 4.500 euros pagados. Además, pedía una indemnización de 900 euros por daños morales y 429,8 euros por daños materiales.
Evaluación judicial y sentencia
En un primer momento, el tribunal desestimó la demanda, argumentando que los defectos alegados no estaban suficientemente acreditados.
Sin embargo, la Audiencia Provincial concluyó que los desperfectos identificados excedían las simples imperfecciones atribuibles al uso normal del vehículo, destacando la gravedad de los problemas mecánicos.
Según el tribunal, estos defectos constituían un incumplimiento de la garantía ofrecida por la vendedora, quien había asegurado que el coche estaba en perfecto estado, particularmente en lo que respecta al motor. La sentencia menciona que los defectos no permitían un uso normal del coche, motivo suficiente para estimar la demanda de la compradora.
Dado el incumplimiento de las garantías ofrecidas en la venta y la presencia de defectos ocultos graves, el tribunal resolvió anular el contrato de compraventa. La sentencia obliga a la vendedora a devolver a la compradora los 4.565,25 euros, que incluyen el importe original del coche más los intereses legales.
Fuente: CGPJ.