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Prácticas anticompetitivas en mudanzas internacionales

La CNMC ha iniciado una investigación por posibles prácticas anticompetitivas en el mercado de mudanzas internacionales

Publicado: 30 de octubre de 2025

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha iniciado una investigación por posibles prácticas anticompetitivas en el mercado de mudanzas internacionales. Entre los días 20 y 23 de octubre de 2025, se realizaron inspecciones en las sedes de varias empresas que operan en el sector. Esta actuación se enmarca dentro del seguimiento del expediente sancionador de 2016, que ya sancionó a 15 compañías por reparto de mercado y fijación de precios.

Posibles prácticas anticompetitivas bajo investigación

La CNMC analiza la existencia de acuerdos entre empresas competidoras consistentes en:

  • Reparto de mercados
  • Fijación de precios o condiciones comerciales
  • Intercambio de información comercial sensible

Estas prácticas anticompetitivas afectarían a los servicios internacionales de mudanzas puerta a puerta, incluyendo exportaciones desde España, importaciones y traslados entre terceros países.

De confirmarse los indicios, los hechos podrían constituir una infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). También supondrían un posible incumplimiento de la resolución sancionadora de 2016 (S/DC/0544/14).

Expediente de 2016 y nuevas señales de prácticas anticompetitivas

En 2016, la CNMC sancionó a 15 empresas del sector por prácticas anticompetitivas, entre ellas, pactos de reparto de mercado y precios. Esta resolución fue confirmada en su contenido esencial por la Audiencia Nacional.

Posteriormente, la CNMC abrió un expediente de vigilancia para asegurar el cumplimiento efectivo de la resolución. Durante dicho seguimiento, se detectaron nuevos indicios de prácticas anticompetitivas, lo que motivó las recientes inspecciones domiciliarias.

Las inspecciones: paso previo a un expediente sancionador

Las inspecciones realizadas en octubre de 2025 constituyen una actuación preliminar. No prejuzgan la culpabilidad ni la responsabilidad de las empresas investigadas. No obstante, si se verifican las conductas denunciadas, la CNMC podrá incoar un nuevo expediente sancionador por prácticas anticompetitivas.

Sanciones por prácticas anticompetitivas

La CNMC recuerda que tanto los acuerdos colusorios entre empresas competidoras como el incumplimiento de resoluciones firmes pueden calificarse como infracciones muy graves de la LDC. Estas conductas pueden ser sancionadas con multas de hasta el 10 % del volumen de negocio total de las empresas infractoras.

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