<

Competencia judicial internacional de los tribunales españoles | Contratos de aprovechamiento por turno

El Tribunal Supremo determinó que, cuando las partes en un contrato de consumo eligen la ley del país de residencia habitual del consumidor y el profesional dirige sus actividades a ese país, dicha elección es válida

Publicado: 12 de noviembre de 2024

En una sentencia reciente, el Tribunal Supremo ha abordado dos cuestiones jurídicas fundamentales: la competencia judicial internacional de los tribunales españoles y la ley aplicable a contratos de aprovechamiento por turno (multipropiedad) firmados en España entre consumidores del Reino Unido y una sucursal española de una empresa inglesa.

Antecedentes del Caso

El 13 de febrero de 2019, dos residentes en el Reino Unido presentaron una demanda ante los Juzgados de Fuengirola contra Diamond Resorts Europe Limited, Sucursal en España. Solicitaban la nulidad de tres contratos de aprovechamiento por turno y la devolución de las cantidades pagadas. Alegaron que los contratos eran abusivos, con objeto indeterminado, y que la transmisión del turno se hizo sin un registro válido. También señalaron la violación del régimen temporal obligatorio, basándose en la Ley 4/2012 sobre contratos de aprovechamiento por turno. La demandada, una sucursal española de una sociedad inglesa, presentó una declinatoria por falta de jurisdicción. Argumentó que los contratos estaban regidos por la ley inglesa y que las obligaciones se cumplían en Inglaterra. Esto incluía los pagos en libras esterlinas y una cláusula de jurisdicción exclusiva que designaba a los tribunales ingleses.

Proceso Judicial

El juzgado desestimó la declinatoria en junio de 2019, decisión que la demandada no recurrió. Posteriormente, en octubre de 2020, la primera instancia estimó la demanda, declarando la nulidad de los contratos y ordenando la restitución de las cantidades pagadas por parte de la sucursal española. La Audiencia Provincial de Málaga confirmó esta decisión en apelación, reafirmando la competencia de los tribunales españoles y la aplicación de la ley española. Además, declaró nula la cláusula de sumisión a la ley inglesa, al considerarla abusiva y perjudicial para el consumidor.

Competencia judicial internacional y la ley aplicable a contratos de aprovechamiento por turno

Diamond Resorts Europe Ltd., Sucursal en España, interpuso recursos extraordinarios por infracción procesal y casación ante el Tribunal Supremo. En el recurso por infracción procesal, el Tribunal Supremo desestimó el recurso. Señaló que la demandada no había impugnado la desestimación de la declinatoria, lo que dejó firme la competencia judicial de los tribunales españoles.

Respecto al recurso de casación sobre la ley aplicable, el Tribunal Supremo analizó la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), específicamente las sentencias de 14 de septiembre de 2023 en los asuntos C-632/21 y C-821/21. El Tribunal Supremo determinó que, cuando las partes en un contrato de consumo eligen la ley del país de residencia habitual del consumidor y el profesional dirige sus actividades a ese país, dicha elección es válida. Sin embargo, según el artículo 6 del Reglamento Roma I, esta elección no puede privar al consumidor de las protecciones imperativas de su ley nacional.

Ley aplicable a contratos de aprovechamiento por turno

En este caso, al ser los consumidores residentes en el Reino Unido y la ley elegida la inglesa, coincidente con su domicilio, el Tribunal Supremo concluyó que la ley aplicable es la inglesa. Además, rechazó el argumento de que la Ley 4/2012 española fuera imperativamente aplicable, ya que no todas sus disposiciones son normas internacionalmente imperativas. Asimismo, el Tribunal Supremo determinó que correspondía a las partes probar el contenido y la vigencia del derecho inglés. Como esto no se realizó, no fue posible declarar la nulidad de los contratos bajo la ley española.

Finalmente, el Tribunal Supremo desestimó el recurso de casación, confirmando la decisión de la Audiencia Provincial de Málaga de desestimar la demanda inicial.

Últimas entradas publicadas

Suspensión de la celebración

Suspensión de la celebración del Toro Júbilo de Medinaceli

by | Nov 14, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Soria ha acordado la suspensión de la celebración del Toro Júbilo de Medinaceli

indemnización defectos vivienda

La tributación en IRPF de indemnizaciones por defectos de vivienda

by | Nov 14, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

La DGT resuelve una consulta en materia de tributación de las indemnizaciones recibidas por los defectos de construcción de la vivienda.

ciberestafa a clienta

Juzgado de Las Palmas condena a un banco por no impedir ciberestafa a clienta

by | Nov 14, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

Se atribuye la responsabilidad a un banco por no adoptar medidas de protección para evitar ciberestafas, afectando a una clienta.

carácter distintivo

El carácter distintivo de la marca es necesario para el registro en la UE

by | Nov 14, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal General concluyó que la denegación de la EUIPO estaba debidamente fundamentada y no vulneraba los principios de igualdad de trato ni de buena administración

Suspensión de parques eólicos

TSXG suspende cautelarmente tres parques eólicos en Galicia

by | Nov 13, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TSXG acuerda la suspensión de tres parque eólicos (Penas Boas, Orballeira y Fial das Corzas) por riesgo de daños al medio ambiente.

Legítima defensa

Legítima defensa | Absuelto de homicidio por imprudencia

by | Nov 13, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

Los magistrados desestimaron los testimonios de dos testigos que afirmaron que el guardia civil disparó por la espalda a la víctima, considerándolos contradictorios y afectados por la tensión del momento