El Tribunal Supremo ha emitido un fallo que anula varios artículos del Real Decreto 958/2020 sobre comunicaciones comerciales de las actividades de juego, tras estimar parcialmente un recurso presentado por la Asociación Española de Juego Digital. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal consideró que, aunque la publicidad es una manifestación de la libertad de empresa y puede ser objeto de regulación por el Estado, especialmente en actividades sujetas a un régimen de protección de menores y derechos de consumidores, las restricciones impuestas deben tener una base legal adecuada y ser proporcionales a los fines perseguidos.
Argumentación del Tribunal Supremo sobre el Real Decreto 958/2020 sobre comunicaciones comerciales de las actividades de juego
Irregularidades en el proceso de elaboración
En primer lugar, respecto a las alegaciones sobre irregularidades en el proceso de elaboración del Real Decreto, el Tribunal ha observado que, a pesar de las múltiples fases de consulta y las modificaciones sustanciales durante su tramitación, no se identifican omisiones que comprometan su validez. La jurisprudencia y las prácticas administrativas sugieren que el proceso seguido no ha prescindido totalmente de trámites esenciales que afecten su integridad.
Vulneración del principio de reserva de ley y cobertura legal de ciertos artículo del Decreto 958/2020 sobre comunicaciones comerciales de las actividades de juego
En cuanto a la vulneración del principio de reserva de ley. El Tribunal rechaza esta alegación fundamentando que las disposiciones del Real Decreto encuentran sólido respaldo legal en la Ley 13/2011 y otras normativas. Se considera esencial limitar la publicidad y promoción de actividades de juego para salvaguardar a grupos vulnerables, como los menores de edad, y combatir problemas como la ludopatía. Estas restricciones buscan cumplir con objetivos de interés general legítimamente establecidos.
Cobertura legal de ciertos artículos
Sin embargo, el Tribunal identifica ciertos artículos del Real Decreto que carecen de la debida cobertura legal. O que imponen restricciones desproporcionadas a la libertad de empresa. Específicamente, los artículos 13.1 y 3, 15, 23.1, 25.3, y 26.2 y 3.
Estas secciones, que limitan las promociones para captar nuevos clientes y restringen la publicidad a través de medios digitales y redes sociales, han sido anuladas. Estas medidas, según el Tribunal, no solo carecen de justificación legal adecuada sino que también podrían obstaculizar injustamente la operación y expansión de las empresas en el sector del juego digital.
Validación de la mayoría del contenido de la norma sobre comunicaciones comerciales de las actividades de juego
Por otro lado, el Tribunal ha validado la mayoría de las restricciones impuestas por el decreto. Subrayando su conformidad con la ley y su proporcionalidad en relación con los fines de protección de la salud pública y el bienestar social. Las restricciones horarias en la publicidad y las condiciones específicas para promociones y patrocinios. Estas se consideran ajustadas a los principios de responsabilidad y protección de los consumidores, en especial los menores de edad.