<

Daño antijurídico por mal estado de la vía: condena al Principado de Asturias

La Sala estima parcialmente el recurso, reconoce la existencia de daño antijurídico y condena al Principado al pago de 73.688,80 €, sin imposición de costas.

Publicado: 2 de junio de 2025

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha reconocido la existencia de daño antijurídico en el caso de una ciclista que sufrió un grave accidente al circular por una vía autonómica en mal estado. La Sala estima parcialmente su recurso de responsabilidad patrimonial y condena al Principado al pago de 73.688,80 euros.

Accidente provocado por el mal estado de la calzada

Los hechos se remontan a agosto de 2021, cuando la demandante circulaba en bicicleta por el punto kilométrico 14,1 de la carretera AS-17. En ese tramo, una grieta de 65 cm de largo, hasta 5,5 cm de hueco y 2 cm de desnivel causó la pérdida de control del vehículo y la posterior caída.

La ciclista sufrió múltiples fracturas (atlas, mandíbula, cóndilo occipital) que requirieron ingreso en UCI, hospitalización y un largo tratamiento rehabilitador. Presentó secuelas permanentes, como dolor crónico, reducción de movilidad cervical y pérdida de una pieza dental. En junio de 2023, solicitó al Principado una indemnización por daño antijurídico, que fue rechazada por silencio administrativo. La reclamación continuó por vía judicial, con una demanda de 85.628,23 €.

Defensa del Principado: rechazo del nexo causal

El Principado de Asturias, titular de la vía, negó la existencia de daño antijurídico e intentó desvincular el accidente del estado de la carretera. Alegó que las bicicletas no eran el tipo de vehículo previsto en el diseño de esa vía y que la grieta era visible y evitable. La aseguradora pública también argumentó una presunta concurrencia de culpas y calificó de excesiva la cantidad reclamada.

El concepto de daño antijurídico como eje de la sentencia

La sentencia subraya que la responsabilidad patrimonial de la Administración, regulada en el artículo 106.2 CE y el artículo 32 de la Ley 40/2015, se activa únicamente cuando concurre un verdadero daño antijurídico. Es decir, un perjuicio que el ciudadano no tiene el deber jurídico de soportar, y cuya causa se relacione directamente con el funcionamiento normal o anormal de un servicio público.

Según el Tribunal, en este caso se cumplen todos los requisitos para declarar la existencia de daño antijurídico:

  1. Lesión evaluable económicamente.
  2. Nexo causal entre el defecto en la vía y el accidente.
  3. Inexistencia de fuerza mayor o culpa del lesionado.
  4. Ilegitimidad del perjuicio: no existe causa legal que obligue a la víctima a soportarlo.

El atestado de la Guardia Civil atribuye de forma contundente el siniestro a la grieta, descartando otras hipótesis no probadas como exceso de velocidad o distracción. Asimismo, la Sala recuerda que la vía no estaba restringida al tráfico ciclista, por lo que la Administración no queda exonerada.

Indemnización fijada: 73.688,80 euros por daño antijurídico

La cuantificación del daño antijurídico se estructura del siguiente modo:

  • Perjuicio personal temporal. 407 días de recuperación (3 muy graves, 11 graves, 393 moderados), por 23.840,76 €.
  • Intervención quirúrgica. 1.300 €.
  • Pérdida de calidad de vida. 10.000 € por limitación residual en la práctica deportiva.
  • Gastos odontológicos. 625,50 € por reconstrucción dental.

Se excluyen partidas no acreditadas, como revisiones privadas o reparación de la bicicleta.

Fallo: condena por daño antijurídico derivado del mal mantenimiento

La Sala estima parcialmente el recurso, reconoce la existencia de daño antijurídico y condena al Principado al pago de 73.688,80 €, sin imposición de costas.

Esta resolución consolida la doctrina según la cual la omisión en el mantenimiento de las vías públicas puede generar daño antijurídico indemnizable, incluso cuando el usuario es un ciclista. Se refuerza así la exigencia de diligencia a las Administraciones Públicas en la conservación de sus infraestructuras y la protección efectiva del usuario de la vía.

Últimas entradas publicadas

Permiso por lactancia en empleados públicos

Permiso por lactancia en empleados públicos a jornada parcial

by | Jun 5, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo desestimó el recurso de CSIF. De este modo, confirma que la Administración puede establecer un número común de jornadas retribuidas (23 días) para todos los empleados públicos,.

crédito sindical anual

Limitación del crédito sindical anual avalada por el Supremo

by | Jun 5, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

el Tribunal desestima el recurso y confirma que la actuación empresarial fue conforme a derecho. Considera que la denegación de permisos tras agotar el crédito sindical anual no vulneró la libertad sindical

Generación ZOE

AN propone juzgar a 18 personas por estafa piramidal | Generación ZOE

by | Jun 5, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Audiencia Nacional juzgará a 18 acusados por delitos relacionados con la estafa piramidal de Generación ZOE.

entierros islámicos

Juzgado de Cartagena reconoce derecho a acoger entierros islámicos

by | Jun 5, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El fallo del juzgado sobre entierros islámicos reconoce el derecho a la inhumación según rituales musulmanes en Cartagena.

custodia exclusiva

El interés del menor justifica mantener la custodia exclusiva

by | Jun 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo confirma que la custodia exclusiva es la opción más beneficiosa para el menor en este caso concreto. La sentencia recurrida está suficientemente motivada y se ajusta a la doctrina jurisprudencial consolidada

incremento automático

AP rechaza incremento automático de pensión por volver a trabajar

by | Jun 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Audiencia Provincial de La Rioja revoca el incremento automático de la pensión alimenticia, analizando el recurso de un progenitor.