<

Derecho al olvido | El Tribunal Supremo ratifica el rechazo al derecho al olvido para el secretario judicial que instruyó la causa contra Miguel Hernández

La sentencia establece que el derecho de supresión de datos de personas fallecidas está reconocido en el ordenamiento jurídico, pero debe ser ponderado con otros derechos y libertades en conflicto

Publicado: 20 de marzo de 2024

El Tribunal Supremo ha ratificado el rechazo al derecho al olvido solicitado por el hijo del secretario judicial que instruyó la causa contra el poeta Miguel Hernández. La petición se basaba en la eliminación de 18 informaciones que relacionaban el nombre del secretario judicial con el proceso. Este culminó con la condena al poeta en 1940. El alto tribunal ha desestimado el recurso presentado, respaldando la decisión de la Audiencia Nacional. Asimismo, argumenta que se debe primar el derecho a la libertad de información, expresión e investigación histórica sobre el derecho al olvido.

Derecho al olvido sujeto a los mismos límites y ponderación de intereses en conflicto

La sentencia establece la posibilidad de extender la regulación de la protección de datos a personas fallecidas y reconocerle el derecho al olvido sujeto a los mismos límites y ponderación de intereses en conflicto. La Sala analizó las informaciones en cuestión desde varias perspectivas, incluida su veracidad, el carácter de investigación histórica y científica, y el interés público. El tribunal consideró que las inexactitudes alegadas por los recurrentes no afectaban la esencia de la información ni la exactitud del conjunto tratado.

Decisión de ratificar el rechazo del derecho al olvido

El derecho de supresión de datos de personas fallecidas está reconocido, pero debe ser ponderado con otros derechos y libertades

La Audiencia Nacional acertó al considerar elementos relevantes para negar el derecho al olvido. Como el interés público de las informaciones, su contexto en una investigación histórica y científica, y la persistencia del interés en el tiempo. El Tribunal Supremo concluyó que se aplicaron correctamente la legislación y la jurisprudencia existente al ponderar otros derechos e intereses concurrentes, así como al evaluar la inexactitud en relación con el contexto de la información.

La sentencia establece que el ordenamiento jurídico reconoce el derecho de supresión de datos de personas fallecidas, pero debe ponderarlo con otros derechos y libertades en conflicto. Además, se explica que en el conjunto de la información se debe considerar la trascendencia de la inexactitud parcial en una investigación histórica y científica.

Últimas entradas publicadas

Daño antijurídico por mal estado de la vía

Daño antijurídico por mal estado de la vía: condena al Principado de Asturias

by | Jun 2, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Sala estima parcialmente el recurso, reconoce la existencia de daño antijurídico y condena al Principado al pago de 73.688,80 €, sin imposición de costas.

incapacidad total de una abogada

TSJCLM anula incapacidad total a abogada por insuficiencia de hechos

by | Jun 2, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TSJ de Castilla la Mancha anula la sentencia de incapacidad total de una abogada, solicitando una nueva valoración. Sentencia 572/2025.

competencia desleal SELAE

Competencia desleal | El Supremo respalda a SELAE frente a loterías

by | Jun 2, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Desestimación de un recurso interpuesto por una plataforma de loterías contra SELAE por competencia desleal.

Cuestión prejudicial ante el TJUE

Cuestión prejudicial ante el TJUE por los plazos de instrucción penal

by | Jun 2, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El magistrado sostiene que una cuestión prejudicial permitiría garantizar la correcta aplicación del Derecho de la Unión y evitar que delitos graves queden impunes por defectos procedimentales.

Valoración de la prueba efectuada

Valoración de la prueba efectuada | Inadmitido el recurso al no poder revisarse la valoración de la prueba efectuada

by | May 30, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal inadmite el recurso de casación interpuesto al considerar que se basaba en cuestionar la valoración de la prueba efectuada por el tribunal de instancia, algo que no cabe en este tipo de recursos.

excedencia en sector público

Supremo resuelve excedencia en sector público por incompatibilidad

by | May 30, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Los detalles de la Sentencia 568/2025 y su relación con la excedencia y las incompatibilidades en el sector público sanitario.