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El principio de contradicción: validez y límites de la prueba

No se vulneró el derecho de defensa, ya que la prueba esencial para la condena fue debatida en el juicio. Aunque la declaración policial de la cónyuge no tuvo valor probatorio, la condena se sostuvo en pruebas válidas

Publicado: 5 de marzo de 2025

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de un acusado por robo con violencia y agresión con instrumentos peligrosos a dos turistas. La defensa argumentó la vulneración del principio de contradicción debido a la incorporación de la declaración policial de su cónyuge, quien luego se acogió a la dispensa de declarar según el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

El principio de contradicción y su aplicación en juicio

El principio de contradicción garantiza que ambas partes puedan examinar y debatir toda prueba utilizada en un juicio. Para cumplir con este principio, el testigo debe declarar en el juicio oral y someterse a preguntas de la defensa y la acusación.

El problema de la declaración policial del cónyuge

La defensa criticó que la sentencia mencionara la declaración policial de la cónyuge. Argumentó que, al acogerse a la dispensa de declarar, no pudo ser interrogada en el juicio. Según la doctrina del Tribunal Supremo, una declaración policial de un testigo familiar dispensado no puede utilizarse como prueba de cargo. Sin embargo, esto es posible si ha sido ratificada y sometida a contradicción en el juicio.

Por qué el Tribunal Supremo mantuvo la condena

A pesar de la controversia sobre la declaración de la cónyuge, el Tribunal Supremo determinó que su testimonio no fue determinante para la condena, ya que la sentencia se basó en pruebas que sí respetaron el principio de contradicción:

  • Declaración de la víctima en juicio, confirmando el robo y la agresión.
  • Testigo presencial, que observó el forcejeo entre los acusados y las víctimas.
  • Pruebas periciales, como huellas dactilares, ADN y restos de sangre en el vehículo.
  • Declaración del acusado, quien admitió datos clave, como el uso del coche implicado.

Conclusión: No hubo vulneración del principio de contradicción

El Tribunal Supremo concluyó que no se vulneró el derecho de defensa, ya que la prueba esencial para la condena fue debatida en el juicio. Aunque la declaración policial de la cónyuge no tuvo valor probatorio, la condena se sostuvo en pruebas válidas. Esto garantizó el principio de contradicción y la imparcialidad del proceso.

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