<

El silencio no implica aceptar herencia

El Tribunal Supremo establece que el silencio del llamado a heredar tras ser emplazado judicialmente no equivale a aceptar la herencia.

Publicado: 27 de octubre de 2025

La cuestión jurídica basada en la herencia. [TOL10.734.130]

El Tribunal Supremo, en su Sentencia nº 1311/2025, de 25 de septiembre, ha zanjado una relevante cuestión en materia sucesoria: el silencio del llamado a heredar tras ser emplazado judicialmente no equivale a la aceptación de la herencia.
El caso se originó cuando la viuda usufructuaria de un causante reclamó a dos de los hijos del fallecido el pago de determinadas deudas. Alegó que su falta de respuesta suponía aceptación tácita. La controversia se centró en la interpretación del artículo 1005 del Código Civil. Esto ocurrió tras su reforma por la Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria, que confirió exclusivamente a los notarios la competencia para realizar la denominada interpellatio in iure.

El marco legal aplicable

El artículo 1005 del Código Civil establece que, cuando un interesado requiera al llamado para que acepte o repudie la herencia, el requerimiento debe realizarse por notario. Y si transcurre el plazo sin manifestación expresa, se entenderá aceptada pura y simplemente. La Audiencia Provincial de Granada había extendido este efecto al ámbito judicial. Consideraba que la falta de manifestación de los demandados en el proceso equivalía a aceptación.

Sin embargo, el Tribunal Supremo corrigió este criterio, subrayando que el emplazamiento en un procedimiento judicial no puede suplir el requerimiento notarial previsto en la ley. La aceptación de la herencia, conforme a los artículos 988, 999 y 1003 del Código Civil, exige actos concluyentes o una declaración inequívoca de voluntad. Esto no se deriva del simple silencio procesal.

La ratio decidendi del fallo

El Alto Tribunal precisó que la aceptación tácita solo puede inferirse de actos que revelen de forma clara e inequívoca la voluntad de aceptar. Esto se refiere a comportamientos incompatibles con la negativa a hacerlo. En el caso analizado, los demandados, lejos de asumir la condición de herederos, alegaron expresamente su falta de legitimación pasiva por no haber aceptado la herencia, conducta que, lejos de implicar aceptación, la excluye.

Además, la Sala recordó que el proceso no tenía por objeto interpelar a los llamados. También que el artículo 1005 del Código Civil no admite la sustitución del notario por el órgano judicial. Por tanto, el silencio del demandado ante una reclamación civil no produce efecto alguno en materia de aceptación hereditaria.

Consecuencias jurídicas y procesales

El Supremo concluyó que no puede imponerse responsabilidad hereditaria a quien no ha adquirido la condición de heredero. La aceptación, expresa o tácita, es presupuesto ineludible para responder de las deudas del causante. En consecuencia, la demanda fue desestimada respecto del recurrente, imponiéndose las costas a la parte actora.

Últimas entradas publicadas

Régimen fiscal

Régimen fiscal de los cánones y exención en el IRNR

by | Feb 6, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo delimita el régimen fiscal de los cánones y la exención en el IRNR conforme al Derecho de la Unión Europea

modelo 720

Admitido por el Supremo el recurso sobre el modelo 720

by | Feb 6, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Se determinará si la STJUE sobre el modelo 720 permite revisar actos administrativos firmes cuando la reclamación fue inadmitida por extemporaneidad.

«error iuris»

Inexistencia de «error iuris» y confirmación de la condena en casación penal

by | Feb 6, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación al no apreciar «error iuris» y confirma la condena, reafirmando los límites del control jurídico en esta vía.

covid

El Supremo delimita la responsabilidad por vacunación Covid

by | Feb 6, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Supremo resuelve que, si no hubo mala praxis en la vacunación contra el COVID, no hay responsabilidad por parte de la Administración.

Régimen fiscal

Doble escala salarial en convenios: aval del Tribunal Supremo

by | Feb 5, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Supremo confirma que no hay doble escala salarial ilícita cuando los complementos de convenio tienen carácter compensatorio

cultivos de organismos modificados

TJUE | Posible prohibición nacional de cultivos de organismos modificados genéticamente

by | Feb 5, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TJUE ha establecido que los estados miembros pueden prohibir los cultivos de organismos modificados genéticamente.