La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado una de las sentencias absolutorias más relevantes en materia penal reciente. Desestimando el recurso de casación interpuesto por la acusación particular. La resolución mantiene la absolución de los acusados por delitos de estafa procesal, insolvencia punible, falsedad documental y uso de documentos falsos. Además, impone las costas del recurso a la parte acusadora por actuar con temeridad.
Sentencias absolutorias por falta de artificio, engaño o falsedad
La estafa procesal. Sin pruebas de alteración del procedimiento
En línea con otras sentencias absolutorias, el Supremo concluye que no hubo ningún tipo de engaño procesal. Los documentos cuestionados fueron presentados en el marco de una tercería de mejor derecho y estaban relacionados con pagos reales de gastos portuarios y nóminas. Al no apreciarse falsedad ni intención de manipular el proceso, la absolución resulta plenamente justificada.
Insolvencia punible. Inaplicabilidad de reformas posteriores
Respecto al delito de insolvencia punible, la sentencia descarta la agravante del artículo 259 bis del Código Penal por no estar vigente en el momento de los hechos. Además, no se aprecia conducta fraudulenta que configure la modalidad básica del artículo 259. La ejecución fallida del buque hipotecado fue una decisión unilateral del acreedor, sin intervención de los acusados.
Falsedad documental. Documentos auténticos y verificados
Como en otras sentencias absolutorias basadas en prueba pericial, la Sala destaca que los documentos presentados no fueron falsificados. Los peritajes caligráficos y declaraciones de la tripulación, contables y personal portuario confirmaron su autenticidad, sin que se demostrara que contuvieran datos falsos.
El control del Tribunal Supremo sobre las sentencias absolutorias
Revisión limitada. Solo ante irracionalidad o falta de prueba
El Tribunal recuerda que su función no es volver a valorar la prueba. El estándar de revisión de sentencias absolutorias se basa en comprobar que exista una motivación racional. Solo si esta adolece de irracionalidad manifiesta o si se omite prueba de cargo esencial, cabe su revocación.
Presunción de inocencia. Principio no revisable en casación
El recurso de casación no puede convertirse en una nueva instancia. La Sala subraya que las sentencias absolutorias mantienen la presunción de inocencia y que esta no puede invertirse a través de una reinterpretación de la prueba en fase casacional.
Condena en costas: castigo a la acusación temeraria
Artículo 901 LECrim. Costas por recurso infundado
El Tribunal impone las costas a la acusación particular por insistir en una imputación débil, carente de base probatoria. Conforme al artículo 901 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede esta condena cuando se aprecia temeridad o mala fe en la interposición del recurso.
Motivación suficiente para la imposición de costas
No se exige una argumentación extensa: basta con que la resolución deje claro el carácter infundado e inconsistente de la acusación. En este caso, la sentencia pone de relieve la absoluta falta de sustento de la pretensión recurrida.
Conclusión. Sentencias absolutorias sólidas y sanción al abuso procesal
El Tribunal Supremo refuerza su doctrina sobre las sentencias absolutorias, destacando que solo pueden ser revisadas en casos excepcionales. Además, lanza un mensaje claro contra el uso irresponsable del proceso penal, imponiendo las costas a quienes insisten en acusaciones sin base. La resolución subraya el papel de la racionalidad probatoria y el respeto a la presunción de inocencia como ejes centrales de la justicia penal.