<

Estafa | Condena por alquilar una propiedad ajena a 12 personas

La Audiencia Provincial de Valencia condena a un hombre por alquilar una propiedad ajena de Massanassa. 12 personas quedaron afectadas.

Publicado: 27 de marzo de 2024

El estafador utilizaba una propiedad ajena en Massanassa, llegando a alquilar el piso a 12 personas.

El pasado 29 de febrero, la Audiencia Provincial dictó sentencia en el caso de un individuo que estafó a 12 personas, al alquilar un piso, de propiedad ajena, en Massanassa. La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado al estafador a dos años de prisión, considerando la agravante de reincidencia y las atenuantes de adicción al juego y reparación parcial del daño. Además, se le ha impuesto el pago de una multa de 1.260 euros.

Según el caso, durante los meses de junio y julio de 2022, el acusado publicó anuncios en una plataforma online ofreciendo el alquiler de un piso en Massanassa. A pesar de no ser el propietario, concertaba citas con los interesados y les mostraba la vivienda, alegando que su hermano vivía allí. Tras obtener el dinero, el acusado comunicaba a los interesados que no podían entrar inmediatamente a vivir en el piso porque estaba de obras, señalando una nueva fecha de entrada en la vivienda.

Exigía pagos en efectivo como señal para garantizar el alquiler

Una vez establecido el acuerdo, el estafador firmaba contratos con las víctimas y les exigía pagos en efectivo como señal para garantizar el alquiler, cantidades que iban de 450 a 550 euros. Sin embargo, cuando llegaba el momento de la supuesta entrada al inmueble, cortaba toda comunicación con las víctimas.

Por otro lado, en la sentencia se observa que el estafador tenía antecedentes por delitos similares y, en el momento de los hechos, estaba luchando contra una adicción al juego. Esta situación lo llevó a ingresar voluntariamente en un centro de rehabilitación.

La condena por delito de estafa y las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal

Finalmente, la Audiencia condena al acusado como responsable de un delito continuado de estafa previsto y penado en los Arts. 248 y 249 del Código Penal. Aprecia la circunstancia agravante de reincidencia del Art. 22.8 y las circunstancias atenuantes analógicas del Art. 21.7 del Código Penal de adicción al juego y reparación parcial del daño (de una de las afectadas), en relación esta última con el art. 21.5 del mismo cuerpo legal, y la circunstancia atenuante de drogadicción del Art. 21.2 en relación con en el Art. 20.2 del Código Penal.

El condenado deberá cumplir dos años de prisión y 7 meses de multa con cuota diaria de 6 € con la responsabilidad civil correspondiente.

La sentencia deviene firme tras un acuerdo entre la Fiscalía y la defensa.

Últimas entradas publicadas

Pensiones

Publicada la revalorización de las pensiones públicas para 2025

by | Ene 22, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Real Decreto 35/2025, regula la limitación de la cuantía inicial de las pensiones públicas y su revalorización para el ejercicio 2025. Esta medida afecta tanto a las...

explotaciones agrarias

Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas.

by | Ene 22, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Real Decreto 34/2025, de 21 de enero, modifica el Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre. Esta modificación afecta al Sistema de Información de Explotaciones...

pensión de viudedad

El TSJ de Asturias deniega la pensión de viudedad por falta de constitución formal de pareja de hecho

by | Ene 22, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TSJA ha rechazado conceder la pensión de viudedad a una mujer debido a que la pareja de hecho no estaba formalmente constituida.

incapacidad temporal por enfermedad común

Incapacidad temporal por enfermedad común confirmada

by | Ene 22, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La resolución ordena mantener la condición de incapacidad temporal por enfermedad común. Además, destaca la importancia de una valoración integral de la prueba, que confirmó que la trabajadora no presentó secuelas del accidente que justificaran la segunda baja

Distinción entre dolo eventual y culpa consciente

Distinción entre dolo eventual y culpa consciente | Tribunal Supremo

by | Ene 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La sentencia del Tribunal Supremo reafirma la necesidad de diferenciar claramente entre dolo eventual y culpa consciente en casos de maltrato infantil. En este caso, se concluyó que la conducta del acusado encuadra en dolo eventual

protección internacional

El TS considera que la mera manifestación de voluntad de solicitar protección internacional impide que se dicte una orden de devolución

by | Ene 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La mera intención de solicitar la protección internacional suspende el procedimiento de expulsión de un irregular.