<

Juzgado de Las Palmas condena a un banco por no impedir ciberestafa a clienta

Se atribuye la responsabilidad a un banco por no adoptar medidas de protección para evitar ciberestafas, afectando a una clienta.

Publicado: 14 de noviembre de 2024

El banco no implementó las medidas de seguridad requeridas para evitar la ciberestafa a la clienta.

El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Las Palmas de Gran Canaria ha emitido una sentencia condenatoria contra una entidad bancaria por no evitar una ciberestafa que afectó a una clienta, obligando al banco a devolverle la suma de 4.902 euros más los intereses legales correspondientes. El fallo también impone al banco las costas del proceso, subrayando su responsabilidad patrimonial en el contexto de un entorno digital cada vez más vulnerable a ataques cibernéticos.

El argumento del banco y la resolución judicial

La entidad bancaria rechazaba la responsabilidad en este incidente, alegando que la clienta era la única culpable al caer en la estafa. Sin embargo, el juez argumenta que, en un contexto de ciberseguridad y pagos electrónicos, el banco debe implementar medidas de protección adecuadas más allá de simples advertencias informativas. En su sentencia, el magistrado señala que la entidad, al prestar servicios en un entorno altamente tecnológico y susceptible a fraudes, tiene la obligación de reforzar sus medidas de seguridad para proteger a sus clientes frente a ataques de phishing.

Detalles de la ciberestafa. Simulación de web bancaria

La estafa ocurrió en el verano de 2023. Según los hechos, la clienta recibió un SMS desde el mismo canal utilizado habitualmente por el banco, alertándola sobre un supuesto riesgo de seguridad. Este mensaje incluía un enlace que dirigía a una página web que replicaba con exactitud la imagen y funciones del portal oficial del banco. Tras introducir sus datos de acceso en la página fraudulenta sin éxito, la clienta fue contactada telefónicamente por una persona que, simulando ser un empleado del banco, le advirtió de un «riesgo grave de seguridad» y la instruyó para transferir sus fondos a una nueva cuenta.

Bajo la dirección de estos estafadores, la clienta realizó dos transferencias, una de 1.152 euros y otra de 3.750 euros, perdiendo acceso a esos fondos. La situación derivó en una denuncia ante el Cuerpo Nacional de Policía.

La responsabilidad del banco en la protección de sus clientes

El juez rechaza que la clienta deba asumir la culpa, no se puede esperar que desplegara una «actitud sospechosa» sobre un mensaje del canal oficial. Además, señala que la estafa empleó técnicas de ingeniería social y tecnología avanzada que vulneraron la confianza de la clienta en su entidad financiera, siendo responsabilidad del banco implementar sistemas de defensa adecuados.

Posibilidad de recurso

Finalmente, el fallo es recurrible ante la Audiencia Provincial de Las Palmas.

 

Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº7 de Las Palmas, de 16 de octubre de 2024.

Últimas entradas publicadas

Desheredación de hijos

Desheredación de hijos por maltrato psicológico

by | Jun 17, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Desheredación de hijos por maltrato psicológico esté fundamentada en un menosprecio activo y un daño psíquico tangible imputable exclusivamente al hijo; un distanciamiento pasivo tras una separación no cumple los requisitos legales para la Desheredación de hijos

derogación del ISD

El Tribunal Constitucional desestima el conflicto sobre la derogación del ISD

by | Jun 17, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TC avala al Senado frente al Gobierno en el conflicto por la derogación del ISD. El Tribunal Constitucional ha desestimado por unanimidad el conflicto de...

Reglamento General de Circulación

Actualización del Reglamento General de Circulación

by | Jun 17, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Boletín Oficial del Estado de hoy, 17 de junio, ha publicado la actualización del Reglamento General de Circulación.

Delito de deslealtad

Delito de deslealtad | Incongruencia omisiva y valoración probatoria

by | Jun 17, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Para prosperar un error de hecho en casación (art. 849.2 LECrim), los documentos deben ser “literales y suficientes”, ajenos al proceso y no contradichos por otras pruebas.

Nulidad de la prueba de cargo basada en datos tributarios

Nulidad de la prueba de cargo basada en datos tributarios no autorizados

by | Jun 16, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Se concluyó que la utilización de los datos tributarios como prueba de cargo vulneró las garantías previstas en la LGT. Afectó, además, a los principios de legalidad sancionadora y a derechos fundamentales del interesado

exhibicionismo

Exhibicionismo y corrupción de menores: claves penales

by | Jun 16, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo se pronuncia acerca de las diferencias entre el exhibicionismo y la corrupción de menores.