Publicada la Ley 3/2024, de 30 de octubre, que busca mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) y otras enfermedades de alta complejidad y curso irreversible.
Finalidad de la norma
Ley para mejorar la calidad de vida de las personas con ELA tiene como objetivo mejorar la calidad de vida y el acceso a servicios especializados para quienes padecen ELA u otras enfermedades complejas e irreversibles.
Ámbito de aplicación
La ley se aplicará a personas diagnosticadas con ELA desde su entrada en vigor, sin efectos retroactivos.
Reconocimiento de la situación de discapacidad
Se reconocerá una discapacidad igual o superior al 33% a quienes padecen ELA y otras enfermedades similares. Se seguirá un procedimiento urgente de revisión del grado de discapacidad.
Protección de personas cuidadoras
Ley para mejorar la calidad de vida de las personas con ELA establece medidas de protección para cuidadores que hayan renunciado a su actividad laboral por atender a personas con ELA u otras enfermedades. Serán considerados colectivo de atención prioritaria en políticas de empleo.
Especialización de los profesionales sanitarios
El Gobierno fortalecerá la capacitación y especialización de profesionales de salud para abordar integralmente enfermedades complejas, como la ELA.
Prestaciones
El Gobierno propondrá un grupo de trabajo interinstitucional al Consejo Territorial de Servicios Sociales, con representación de diversos ministerios y comunidades autónomas. Este grupo mejorará los servicios públicos y fijará tiempos máximos de respuesta para prestaciones clave.
Ayudas para personas en situación de electrodependencia
El Gobierno y las comunidades autónomas analizarán ayudas para personas electrodependientes. Se evitarán cortes de electricidad y se exigirán notificaciones previas para cortes programados. También se estudiarán bonificaciones en tarifas y dispositivos de suministro de respaldo.
Entrada en vigor
Ley para mejorar la calidad de vida de las personas con ELA entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»