La nueva normativa introduce modificaciones en materia de regulación de los cursos de sensibilización y reeducación vial de conductores. Orden INT/914/2024.
El BOE ha publicado la nueva Orden INT/914/2024, de 2 de septiembre, por la que se regulan los cursos de sensibilización y reeducación vial para los titulares de un permiso o licencia de conducción. Esta nueva regulación deroga la antigua Orden INT/2596/2005, de 28 de julio.
La nueva normativa introduce modificaciones para adecuar los cursos de sensibilización y reeducación vial a las modificaciones operadas en la Ley sobre Tráfico. Estas modificaciones se producen a raíz de la Sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, de 9 de marzo de 2023. La ley ha eliminado el sistema de concesión administrativa en la impartición de los cursos de sensibilización y reeducación vial, en aras de un sistema de autorización administrativa.
La orden contiene diez artículos destinados a la regulación de la duración, contenido y requisitos de los cursos, una disposición adicional, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.
Objeto de la norma. ¿En qué casos se realizan los cursos?
La nueva orden tiene por objeto determinar el contenido, la duración y los requisitos de los cursos de sensibilización y reeducación vial que han de realizar los titulares de un permiso o licencia de conducción. Ya sea para la recuperación parcial de puntos, o como requisito previo para obtener nuevamente la autorización para conducir por la pérdida de todos. También se aplicará en el caso de haber sido condenado por sentencia firme por la comisión de un delito castigado con la privación del derecho a conducir un vehículo a motor o un ciclomotor.
Los cursos de sensibilización y reeducación vial tendrán por objeto concienciar a los conductores sobre su responsabilidad como infractores y las consecuencias derivadas de su comportamiento, final modificar la actitud en la circulación vial de los conductores sancionados por la comisión de infracciones graves y muy graves que lleven aparejada la pérdida de puntos.
La norma regula los dos tipos de cursos existentes: de recuperación parcial y de recuperación del permiso de conducir. A través de la misma establece los requisitos, como la duración (10 o 20 horas), el temario incluido, la metodología, etc.
Tras el curso, los conductores deberán someterse a la prueba de control de conocimientos para recuperar la autorización administrativa para conducir.
Entrada en vigor
Según establece la Orden, la norma entrará en vigor el día 4 de noviembre de 2024.
Fuente: BOE