La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha confirmado la procedencia del despido disciplinario del director general de un colegio de Pamplona. El eje central de la resolución es claro: el directivo ocultó de forma consciente y reiterada graves incumplimientos legales al Consejo Rector. Así, incurrió en un evidente abuso de confianza incompatible con las obligaciones propias de su cargo.
Incumplimientos ocultados de forma consciente y reiterada
Según los hechos declarados probados, desde la contratación del demandante en septiembre de 2017 no se depositaron las cuentas anuales en el Registro de Cooperativas. Además, no se inscribieron los acuerdos de renovación del Consejo Rector y de los interventores de cuentas.
La Sala subraya que no se trató de un simple descuido administrativo, sino de un incumplimiento prolongado en el tiempo. El director general ocultó esta situación de forma consciente y reiterada al órgano de gobierno de la cooperativa. Pese a ello, era plenamente conocedor de dichas obligaciones legales.
El trabajador, vinculado mediante un contrato de alta dirección y con un salario bruto mensual de 4.733,31 euros, tenía entre sus funciones esenciales garantizar el correcto cumplimiento normativo del centro educativo.
Despido disciplinario
El 27 de junio de 2024, el Consejo Rector acordó su despido disciplinario, con efectos inmediatos. La decisión se basó, principalmente, en que el directivo no solo permitió los incumplimientos legales, sino que además los mantuvo ocultos de forma consciente y reiterada. Así, privó al Consejo Rector de la posibilidad de reaccionar y evitar eventuales sanciones administrativas o responsabilidades estatutarias.
El caso de las notas de la EVAU: reiteración en la pérdida de confianza
A los anteriores hechos se sumó una segunda conducta relevante. El director general comunicó a medios de comunicación y al propio Consejo Rector que varios alumnos habían obtenido calificaciones excepcionales en la EVAU. Incluso llegó a difundirse que uno de ellos había logrado la nota más alta de Navarra.
Cuando se detectaron errores en los cálculos, el demandante volvió a actuar de forma consciente y reiterada al no informar inmediatamente al Consejo Rector. Esto ocurrió pese a conocer la trascendencia pública del error. La Sala destaca que, una vez advertido por personal del centro, el directivo optó nuevamente por silenciar la información. Esto agravó aún más la pérdida de confianza.
Pronunciamiento judicial
El Juzgado de lo Social nº 1 declaró procedente el despido y esta decisión ha sido ahora confirmada en suplicación. El Tribunal concluye que las conductas acreditadas constituyen causa suficiente de despido disciplinario, al apreciarse una transgresión grave de la buena fe contractual.
De forma expresa, la sentencia enfatiza que el demandante incurrió en un abuso de confianza al ocultar de forma consciente y reiterada tanto los incumplimientos contables y registrales como los errores en la gestión de las notas de la EVAU. Esta conducta es especialmente reprochable en un puesto de alta dirección.
Conclusión
La Sala de lo Social es tajante: no se sanciona un error puntual, sino una actuación continuada basada en ocultar información de forma consciente y reiterada al Consejo Rector. Esta conducta justifica plenamente el despido disciplinario, al quebrar la confianza esencial que debe presidir una relación laboral de alta dirección. Por último, la sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

