El Tribunal asume la doctrina del paréntesis y considera justificada una interrupción de casi 10 años por cuidado de hijas
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado el derecho de una mujer a percibir el subsidio para mayores de 52 años tras aplicar la perspectiva de género en la interpretación de los requisitos legales. Además, la Sala desestima el recurso del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y ratifica la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Vigo.
El fallo considera que la interrupción de casi una década en su vida laboral fue consecuencia del cuidado de sus hijas y no una desvinculación del mercado de trabajo. Por ello, la Sala aplica la doctrina del paréntesis con un enfoque de perspectiva de género. De esta manera, protege a quienes interrumpen su carrera profesional por razones familiares.
Hechos probados
Denegación inicial del subsidio por el SEPE
La demandante solicitó el subsidio en octubre de 2023. El SEPE denegó la prestación al entender que no cumplía el requisito de cotización específica. Esto fue porque había estado sin inscribirse como demandante de empleo entre 1998 y 2008. Según el organismo, ese paréntesis de casi diez años suponía una desvinculación laboral voluntaria.
La trabajadora, sin embargo, justificó dicha interrupción por su dedicación al cuidado de sus dos hijas menores de edad. Esta actividad no implicaba renuncia al mercado laboral.
Reincorporación como demandante y mantenimiento del vínculo laboral
Una vez concluidas sus obligaciones familiares, la mujer se reinscribió como demandante de empleo en 2008 y ha mantenido dicha inscripción de forma ininterrumpida hasta la fecha. A pesar de su disposición activa, no ha logrado reincorporarse al empleo por causas ajenas a su voluntad.
La Sala reconoce que su historial laboral previo y posterior acredita más de treinta años de vinculación con el mercado. Por ello, considera que el paréntesis es una separación temporal y no definitiva.
Aplicación de la doctrina del paréntesis con perspectiva de género
La interrupción por cuidados no impide acceder al subsidio
El TSXG asume la doctrina del paréntesis, según la cual es posible acreditar la cotización específica aun con periodos de inactividad, siempre que no reflejen una desvinculación voluntaria. En este caso, la perspectiva de género resulta esencial para interpretar los hechos.
Según el Tribunal, no considerar el cuidado de hijos como causa justificada supondría un impacto adverso sobre las mujeres, principales responsables de estas tareas en el ámbito familiar. Por ello, el fallo destaca que la integración de la perspectiva de género permite evitar una discriminación indirecta y garantiza la igualdad efectiva.
Además, se aclara que esta interpretación también puede beneficiar a hombres que acrediten interrupciones laborales motivadas por cuidados familiares.
Fallo del TSXG: subsidio reconocido por aplicación de la perspectiva de género
Requisito de cotización acreditado
La Sala concluye que la demandante cumple tanto con la carencia genérica como con la específica exigidas para acceder al subsidio para mayores de 52 años. Además, el paréntesis laboral queda plenamente justificado por el cuidado de sus hijas. La perspectiva de género permite integrar esta realidad en la interpretación de los requisitos legales.
En consecuencia, el TSXG desestima el recurso del SEPE y confirma la sentencia que reconocía el derecho al subsidio. La resolución aún no es firme, ya que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

