La Audiencia Provincial ha impuesto una pena de prisión y una multa de 4.500.000 euros al guardia civil.
La Audiencia de Cádiz ha condenado a un guardia civil a seis años de prisión como autor material de un delito de blanqueo de capitales agravado, derivado de actividades de tráfico de drogas. Además, se le ha impuesto una multa de 4.500.000 euros. Por su participación en un grupo criminal, se le ha condenado a un año de prisión adicional.
El cabo y sus hijos realizaron numerosas compras inmobiliarias, adquirieron coches de alta gama y realizaron viajes al extranjero, alojándose en establecimientos de lujo. Estos gastos no aparecen reflejados en sus cuentas bancarias y no se justifican con los ingresos recibidos por la familia. Tampoco se justificaron los pagos de las fianzas impuestas, que llegaron hasta los 80.000 euros, cuando los hijos fueron detenidos.
Culpabilidad de los hijos
Los dos hijos del guardia civil también han sido condenados como cooperadores necesarios. La defensa pretendía exculparlos, argumentando que todas las decisiones las tomaba el padre. La sentencia establece que los hijos eran plenamente conscientes de la ilegalidad de las actividades de su padre y que, lejos de apartarse, coadyuvaron en ellas, haciendo posible el delito.
Cada uno deberá cumplir una pena de dos años y cinco meses de prisión por blanqueo de capitales y pagar una multa de 4.500.000 euros. Además, se les ha impuesto una pena de ocho meses de prisión por pertenencia a grupo criminal.
Estructura de blanqueo
La sentencia demuestra que el cabo de la Guardia Civil, junto con su familia, creó una compleja estructura económica, societaria e inmobiliaria para blanquear capitales procedentes del narcotráfico. Esta estructura incluía doce empresas y cuatro uniones temporales de empresas, utilizadas para participar en licitaciones públicas. Se realizaron aportaciones dinerarias por unos 730.000 euros y se adquirieron diecisiete inmuebles por un valor mínimo de 606.000 euros.
La estructura se financió, en su mayor parte, mediante préstamos privados o capital de terceros, sumando aproximadamente 997.000 euros. La sentencia indica que estos préstamos, aunque aparentaban ser legales, eran pagos encubiertos realizados con dinero en efectivo que se intentaba blanquear.
Fuente: Consejo General del Poder Judicial