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Publicada la Ley Orgánica 5/2024 del Derecho de Defensa

El Boletín Oficial del Estado de 14 de noviembre ha publicado la Ley Orgánica 5/2024, del Derecho de Defensa.

Publicado: 15 de noviembre de 2024

El Boletín Oficial del Estado del 14 de noviembre de 2024 ha publicado la Ley Orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, del Derecho de Defensa. Esta norma busca establecer un marco regulador para el derecho de defensa, concebido como un derecho fundamental e indisponible conforme al artículo 24 de la Constitución Española.

Su entrada en vigor está prevista para el 4 de diciembre de 2024, tras el período de 20 días desde su publicación.

Derecho de defensa y estándares internacionales

El derecho de defensa, elemento fundamental de la tutela judicial efectiva reconocida en el artículo 24 de la CE, tiene especial relevancia en los procesos penales y en la protección de personas privadas de libertad. Además, encuentra respaldo en tratados internacionales, como el Convenio Europeo de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en virtud del artículo 10.2 de la CE. Este derecho se vincula también al derecho a la asistencia jurídica gratuita, mencionado en el artículo 119 de la CE, consolidando su presencia como una garantía fundamental en el sistema jurídico.

Contenido del derecho de defensa

La Ley Orgánica 5/2024 define el derecho de defensa como el conjunto de garantías que permiten a cualquier persona, tanto física como jurídica, defender sus derechos e intereses legítimos en procesos judiciales, administrativos y en medios alternativos de resolución de conflictos. Entre sus principales elementos destacan:

  • La asistencia letrada y el asesoramiento en derecho.
  • El derecho de acceso a la justicia, a un proceso sin dilaciones indebidas y a recibir una resolución congruente por un juez imparcial.
  • La capacidad de contestar y oponerse a las demandas, de aportar pruebas y de participar en un proceso público con garantías.
  • En causas penales, derechos como la presunción de inocencia, la doble instancia y el derecho a no declarar contra uno mismo.

Regulación de derechos y garantías para el ejercicio de la defensa

El Capítulo II de la ley regula los derechos de las personas en el contexto de la defensa, incluyendo la asistencia jurídica, el derecho a intérprete y el acceso a servicios jurídicos de calidad. Por otro lado, el Capítulo III establece las garantías y deberes de los profesionales de la abogacía, mientras que el Capítulo IV se centra en las garantías institucionales para el ejercicio de esta profesión.

Reformas en leyes relacionadas

La Ley Orgánica 5/2024 introduce modificaciones en diversas normativas, entre ellas:

  • La Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  • La Ley Orgánica 6/1984, sobre el procedimiento de Habeas Corpus.
  • La Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, con cambios específicos para la defensa de personas jurídicas en causas penales.

 

Fuente: BOE.

Finalmente, para más información sobre la Ley orgánica del Derecho de Defensa: TOL10.261.543

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