El Tribunal Constitucional, bajo la ponencia del magistrado Enrique Arnaldo Alcubilla, ha rechazado unánimemente el recurso de inconstitucionalidad presentado por más de cincuenta diputados. Este recurso cuestionaba ciertos aspectos del Real Decreto-ley 8/2021, que establecía medidas urgentes en ámbitos sanitario, social y jurisdiccional después del fin del estado de alarma en España, provocado por la pandemia de COVID-19.
Los preceptos impugnados del Real Decreto-Ley 8/2021 introducían un recurso de casación ante el Tribunal Supremo
Los preceptos impugnados introducían un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra decisiones judiciales relacionadas con la autorización o ratificación de medidas sanitarias que restringían derechos fundamentales, aplicables cuando los afectados no estuvieran identificados individualmente.
Análisis del Fallo:
Legitimidad del Real Decreto-ley
El TC reconoció la «extraordinaria y urgente necesidad» del decreto-ley, aceptando la justificación del Gobierno para adoptar dichas medidas frente a la situación de emergencia causada por la pandemia. Asimismo, la sentencia determinó que el Real Decreto-Ley 8/2021 no vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva, ya que se limita a establecer un recurso específico y no altera la regulación general del derecho.
El TC también consideró que el decreto-ley no afecta la ordenación de las instituciones básicas del Estado, pues no interfiere con elementos estructurales o esenciales del proceso judicial ni del poder judicial. Y, respeto al principio de seguridad jurídica, el tribunal entiende que la utilización de la norma de urgencia se considera adecuada. De este modo, descarta cualquier violación del principio de seguridad jurídica.
Apelación a la Reforma Legislativa llevada a cabo por el Real Decreto-ley 8/2021
El TC concluyó sugiriendo una reforma legislativa en esta área, ya que el recurso de casación establecido carece actualmente de aplicabilidad. Esto se debe a que no existen resoluciones judiciales susceptibles de este tipo de recurso, especialmente después de que la STC 70/2022 declarara inconstitucionales los preceptos que otorgaban competencia a ciertos tribunales para autorizar o ratificar medidas sanitarias urgentes que limitan derechos fundamentales con alcance general.